Índice
Introducción
Capítulo 1
Ámbito de aplicación del sistema de pagos provisionales
1. Consideraciones preliminares
2. Antecedentes históricos
3. Objetivos del sistema
4. Cobertura del sistema. Contribuyentes obligados
5. Contribuyentes de la primera categoría
6. Caso de los contribuyentes que obtenían rentas exentas del impuesto de primera categoría
7. Contribuyentes de la segunda categoría
8. Contribuyentes no obligados a efectuar pagos provisionales
9. Contribuyentes excluidos en razón de no cumplir los supuestos previstos en el artículo 84
10. Contribuyentes exceptuados en virtud de disposición legal expresa
11. Otros contribuyentes exceptuados
12. Posibilidad de efectuar pagos provisionales voluntarios
13. Operatoria general del sistema
Capítulo 2
Tasa de los pagos provisionales obligatorios
1. Explicación previa
2. Procedimiento general establecido en la letra a) del artículo 84
3. Contribuyentes sometidos a esta modalidad
4. Determinación de la tasa
5. Monto por el cual debe computarse el impuesto de primera categoría
6. Período por el cual rige la tasa calculada
7. Ejemplo de determinación de la tasa variable
8. Sustitución de la tasa variable por una tasa fija del 1%
9. Vigencia del procedimiento descrito en los párrafos anteriores
10. Modalidad que rigió entre el 1.01.89 y el 30.06.90
11. Disposiciones transitorias establecidas por la Ley Nº 18.985
12. Recálculo de la tasa de los PPM en caso de que el contribuyente experimente cambios relevantes en sus ingresos
12.1 Instrucciones impartidas por la Circular Nº 7 de 2021
12.1.1 Opción de recalcular la tasa de pago provisional mensual
12.1.2 Determinación de la renta líquida provisional
12.1.3 Recálculo de la tasa de los PPMO
12.1.4 Determinación de una renta líquida provisional negativa
12.1.5 Oportunidad y forma de ejercer la opción
13. Reducción de la tasa en los casos en que se obtengan rentas total o parcialmente exentas del impuesto de primera categoría
14. Selección de casos resueltos por el Director Nacional del SII
14.1 Cálculo de la tasa de pagos provisionales mensuales obligatorios
14.2 Recálculo de la tasa de pagos provisionales mensuales
14.3 Tratamiento tributario de los pagos provisionales mensuales en la división de una sociedad
14.4 Imposibilidad de imputar el crédito de la Ley Nº 20.241 a los pagos provisionales mensuales
Capítulo 3
Base de cálculo de los pagos provisionales obligatorios
1. Texto legal
2. Concepto de ingresos brutos mensuales
3. Análisis casuístico de los ingresos que deben considerarse para los efectos de los PPM
3.1 Ingresos derivados de ventas
3.2 Situación de los envases
3.3 Ingresos provenientes de contratos de confección de una obra material
3.4 Contratos de construcción por suma alzada
3.5 Ingresos provenientes de contratos de promesa de venta de inmuebles
3.6 Ingresos provenientes de contratos de arrendamiento o prestación de servicios
3.7 Ingresos derivados del arrendamiento de bienes muebles o inmuebles
3.8 Ingresos por contratos de transporte
3.9 Situación de las agencias de empresas extranjeras de transporte
3.10 Ingresos derivados de operaciones financieras o de crédito
3.11 Otros ingresos computables dentro de la base imponible de los pagos provisionales obligatorios
4. Rubros que deben excluirse por disposición de la ley
4.1 Ingresos no constitutivos de renta
4.2 Ventas realizadas por cuenta de terceros
4.3 Exclusión de las cantidades que constituyan reembolso de gastos en las prestaciones de servicios
4.4 Exclusión de los reajustes de los pagos provisionales
4.5 Exclusión de las rentas gravadas en el extranjero a que se refiere el artículo 41 A
4.6 Exclusión de los ingresos brutos a que se refieren los incisos segundo al sexto del artículo 15 de la Ley de la Renta por concepto de badwill
4.7 Exclusión de las rentas señaladas en la letra a) del Nº 2 del artículo 33, correspondientes a dividendos y retiros provenientes de empresas constituidas en Chile
4.8 Exclusión de las rentas generadas por instrumentos derivados de acuerdo con el artículo 15 de la Ley Nº 20.544
5. Ingresos que no deben computarse dentro de los ingresos brutos mensuales según lo dictaminado por la Dirección Nacional del SII
5.1 Enajenación de instrumentos regulados en el artículo 107 de la Ley de la Renta
5.2 Base imponible de los PPM. El IVA de un contribuyente afecto a dicho tributo no forma parte de la base imponible de sus PPM
5.3 Las propinas recibidas por el personal del contribuyente, por medios electrónicos,no forman parte de la base imponible de los PPM
5.4 Asignación por contratación adicional de mano de obra
5.5 Bonificación por contratación de trabajadores ciegos o sordomudos
5.6 Reajuste de los remanentes devueltos a los contribuyentes de acuerdo con el artículo 97 de la Ley de la Renta
Capítulo 4
Suspensión de los pagos provisionales
1. Texto legal
2. Fundamento y ámbito de aplicación de la norma contenida en el artículo 90
3. Casos en que pueden suspenderse los pagos provisionales
4. Períodos respecto de los cuales opera la suspensión de los pagos provisionales
5. Suspensión de los pagos provisionales cuando en el balance anual se determina pérdida tributaria
6. Suspensión de los pagos provisionales en los casos de determinarse pérdida tributaria en el curso del ejercicio
7. Normas a las que debe sujetarse la confección de los estados de Pérdidas y Ganancias
8. Sanciones por la suspensión indebida de los pagos provisionales obligatorios
9. Suspensión de los PPM en el caso de los contribuyentes del artículo 64 bis de la Ley de la Renta
10. Casos resueltos por el SII
10.1 Tasa de pagos provisionales mensuales en caso de pérdida tributaria
10.2 Suspensión de pagos provisionales mensuales en relación con el pago del impuesto de primera categoría sobre retiros
10.3 Si se cumplen los requisitos, procede la suspensión de los pagos provisionales mensuales independientemente del saldo de los registros empresariales
Capítulo 5
Modalidades especiales establecidas en las letras c) y siguientes del artículo 84
1. Consideraciones previas
2. Propietarios de talleres artesanales u obreros
3. Situación de los contribuyentes que desarrollen actividades de la minería
3.1 Pequeños mineros artesanales
3.2 Empresas mineras que tributan de acuerdo al régimen de renta presunta
3.3 Empresas mineras que deben efectuar pagos provisionales de acuerdo con las normas generales
4. Empresas de transporte de pasajeros o carga que tributan bajo la modalidad de renta presunta
4.1 Caso de los taxis y taxis colectivos
5. Contribuyentes del artículo 64 bis de la Ley de la Renta
6. PPM de los explotadores mineros a que se refiere la Ley Nº 21.591
7. Contribuyentes que estuvieron acogidos a regímenes opcionales de la Ley de la Renta ya derogados
7.1 Contribuyentes acogidos al régimen opcional del artículo 14 bis
7.2 Contribuyentes acogidos al régimen simplificado del artículo 14 ter
7.3 Contribuyentes adscritos al régimen del artículo 14 quáter
8. Otros pronunciamiento del SII
8.1 No existe obligación de declarar renta ni de hacer PPM cuando no hay explotación efectiva de la actividad de que se trate
8.2 Obligación de efectuar pago de PPM por vehículo que no ha sido explotado
Capítulo 6
Contribuyentes sometidos a tasas rebajadas y/o a modalidades especiales de determinación de la base imponible de los pagos provisionales establecidas mediante decreto supremo
1. Texto legal
2. Distribuidores de cigarrillos y productos afines
3. Subdistribuidores de gas licuado de petróleo
4. Distribuidores al por menor de combustibles líquidos
5. Centrales de Compra regidas por el Decreto Supremo Nº 253/70 de Economía
6. Empresas de la minería del cobre que cumplen sus PPM de acuerdo con las normas de la letra a) del artículo 84 de la Ley de la Renta
7. Corredores de bolsa y agentes de valores
Capítulo 7
Pagos provisionales mensuales de los contribuyentes acogidos a los regímenes Pro Pyme del artículo 14 letra d)
1. Comentarios preliminares
2. Breve descripción de los regímenes Pro Pyme
2.1 Régimen Pro Pyme general
2.2 Régimen Pro Pyme Transparencia Tributaria
3. Pagos provisionales mensuales de estos contribuyentes
3.1 Pagos provisionales mensuales obligatorios de los contribuyentes del régimen Pro Pyme general
3.1.1 Tasa aplicable en el año de inicio de actividades
3.1.2 Tasa de los PPMO si los ingresos brutos del año anterior no exceden de 50.000 UF
3.1.3 Tasa de los PPMO si los ingresos brutos del año anterior exceden de 50.000 UF
3.1.4 Reglas especiales para la determinación y puesta a disposición de los PPMO de estos contribuyentes, establecidas por la Resolución Nº 157 Ex., de 2020
3.1.5 Suspensión de los PPMO en caso de pérdidas
3.1.6 Base imponible para el cálculo de los PPMO
3.1.7 PPM voluntarios
3.2 Pagos provisionales que deben satisfacer los contribuyentes acogidos al régimen de Transparencia Tributaria
3.2.1 Tasa de los PPMO que deben efectuar estos contribuyentes
3.2.2 Base imponible para el cálculo de los PPMO
3.2.3 Reglas especiales para la determinación y puesta a disposición de los PPMO de estos contribuyentes, establecidas por la Resolución Nº 157 Ex., de 2020
4. Disminución transitoria de la tasa de los pagos provisionales mensuales que deben efectuar las empresas acogidas al régimen Pro Pyme general
4.1 Contribuyentes beneficiados con la rebaja transitoria de los pagos provisionales mensuales
4.2 Período en que aplica la disminución transitoria de la tasa de los pagos provisionales mensuales
4.3 Nueva disminución transitoria de la tasa de los pagos provisionales mensuales dispuesta por la Ley Nº 21.578
4.3.1 Alcance de la disminución transitoria de las tasas de los PPMO
4.3.2 Período en que aplica la disminución transitoria de la tasa de pagos provisionales mensuales
5. Selección de Oficios del SII
5.1 Tributación, PPM y documentación que deben emitir las sociedades de profesionales acogidas al régimen Pro Pyme
5.2 Retención de impuesto adicional y recuperación de PPM en el régimen Pro Pyme Transparente
5.3 Valor a considerar en boletas o facturas por envíos de dinero al extranjero. Determinación de los pagos provisionales mensuales
Capítulo 8
Pagos provisionales de los profesionales y otros contribuyentes de la segunda categoría
1. Generalidades
2. Base de cálculo de los pagos provisionales
3. Rubros que forman parte de los ingresos brutos mensuales
4. Situación de los notarios públicos
5. Partidas que deben excluirse
6. PPM adicionales de acuerdo con las Leyes Nºs. 21.242 y 21.252
7. Pagos provisionales voluntarios
8. Forma de regular el monto de los pagos voluntarios
9. PPM de las sociedades de profesionales acogidas a la primera categoría de la Ley de la Renta
Capítulo 9
Pagos provisionales voluntarios
1. Texto legal
2. Contribuyentes que pueden efectuar pagos provisionales voluntarios
3. Objetivo y características de los pagos provisionales voluntarios
4. Imputación a los impuestos anuales a la renta
5. Imputación a los pagos provisionales obligatorios del mismo ejercicio
6. Imputación a pagos provisionales obligatorios efectuados fuera de plazo
7. Pagos provisionales voluntarios de los contribuyentes del impuesto único de segunda categoría afectos a reliquidación anual
Capítulo 10
Contabilización y plazos de entero de los pagos provisionales
1. Registro contable de los pagos provisionales
2. Contabilización de los reajustes de los PPM
3. Tratamiento de los pagos provisionales en relación con la determinación del capital propio inicial
4. Normas sobre declaración y pago
4.1 Formulario que debe utilizarse
5. Medio de presentación del F29
6. Plazos de declaración y pago
6.1 Ampliación del plazo de declaración y pago de los PPM
7. Plazos especiales para ciertos contribuyentes de la XI Región
8. Sanciones en caso de incumplimiento de declarar y enterar los pagos provisionales
9. Situación de los pagos provisionales no efectuados cuando la obligación tributaria anual se encuentra cumplida
Capítulo 11
Reajustabilidad e imputación de los pagos provisionales
1. Reajustabilidad de los pagos provisionales
2. Porcentajes de reajuste aplicables
3. Imputación de los pagos provisionales a los impuestos anuales
4. Pagos provisionales que pueden imputarse
5. Impuestos susceptibles de cumplirse mediante la imputación de los pagos provisionales
6. Orden de prelación que debe observarse en la imputación de los pagos provisionales
7. Situación de los socios de sociedades de personas
7.1 Declaración jurada y Certificación por la empresa de los PPM puestos a disposición de los socios
8. Devolución de los remanentes en favor del contribuyente
9. Plazo dentro del cual debe procederse a la devolución
10. Reajuste previo de las cantidades a devolver
11. Sanciones en caso de devoluciones superiores a las que legalmente correspondan
12. Devolución de los remanentes en caso de término de giro
13. Atribución del carácter de pago provisional al impuesto de primera categoría pagado sobre utilidades que resulten absorbidas por pérdidas tributarias generadas en ejercicios posteriores
13.1 Eliminación gradual de los pagos provisionales por utilidades absorbidas (PPUA) de terceros
14. Imputación de los remanentes a los impuestos adeudados por el contribuyente
Capítulo 12
Situaciones especiales
1. Generalidades
2. Imputación a los pagos provisionales mensuales del crédito especial establecido en el artículo 21 del D.L. Nº 910 en favor de las empresas constructoras
2.1 Ámbito de aplicación y operatoria de la deducción autorizada por este artículo
2.2 Imputación del crédito a los pagos provisionales obligatorios
2.3 Concepto de inmueble destinado para la habitación
2.4 Extensión de este beneficio a los contratos generales de construcción que las empresas constructoras celebren con ciertas instituciones de beneficencia o bien público
2.5 Aplicación del crédito especial del 0,65 a las adjudicaciones realizadas en la liquidación de sociedades, comunidades y cooperativas de viviendas
2.6 Aplicación del crédito especial a los contratos de construcción de más de una vivienda
2.7 Eliminación del artículo 21 del D.L. Nº 910. Crédito especial aplicable entre los años 2023 a 2026
2.7.1 Eliminación del crédito en comento
2.7.2 Régimen de transición para los contratos generales de construcción
2.7.3 Régimen de transición para las ventas de viviendas económicas
3. Tratamiento como pagos provisionales de los remanentes del crédito especial por gastos de capacitación no absorbidos por el impuesto de primera categoría
4. Carácter de pagos provisionales voluntarios de los desembolsos por concepto de patentes mineras
4.1 Imputación de los pagos efectuados a título de patentes mineras
4.2 Limitación del monto a imputar
4.3 Formalidades que deben observarse en las imputaciones a que se refiere el número 1º del artículo 164 del Código de Minería
5. Imputación a los pagos provisionales de parte de los peajes pagados por las empresas de transporte de pasajeros a las que se refiere el artículo 1º de la Ley Nº 19.764
5.1 Titulares de esta franquicia
5.2 Monto recuperable
5.3 Forma de hacer efectiva la recuperación parcial de las cantidades pagadas por concepto de peajes
5.4 Obligaciones de las empresas concesionarias de obras públicas viales
5.5 Sanciones
6. Suspensión de los PPM a que se refiere el artículo 1º bis de la Ley Nº 19.420
6.1 Alcance del beneficio
6.2 Beneficiarios
6.3 Declaración jurada y deberes de información
6.4 Período de aplicación
6.5 Sanciones
6.6 Vigencia del procedimiento de suspensión de PPM establecido en el artículo 1º bis de la Ley Nº 19.420
6.7 Suspensión de los PPM a que se refiere el artículo 1º bis de la Ley Nº 19.606
7. Deducción de los desembolsos relacionados directamente con los sistemas de marcación o trazabilidad como crédito en contra de los pagos provisionales mensuales obligatorios
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Introducción
Presentamos a la comunidad interesada en estas materias, incluyendo a los empresarios, profesionales y estudiantes afines con el mundo tributario, una nueva monografía de nuestro sistema tributario de renta, enfocado esta vez en el párrafo 3º del Título V de la Ley de la Renta, denominado “Declaración y pago mensual provisional”, cuyo análisis exhaustivo se contiene en la presente obra.
Como se desprende de las disposiciones legales que reglan el sistema de pagos provisionales, artículos 84 al 100, los pagos provisionales tienen por objeto que los contribuyentes vayan constituyendo, a medida que se va generando la renta, esto es, mes a mes, una provisión obligatoria destinada a cubrir los impuestos anuales que deban satisfacer por las utilidades devengadas, percibidas o retiradas en el ejercicio respectivo.
Del contexto de las disposiciones legales citadas se infiere, asimismo, que la intención del legislador es que tales pagos provisionales guarden la relación más exacta posible con el monto del impuesto anual que, en definitiva, corresponda cancelar al contribuyente.
Para demostrar aquello basta hacer referencia al artículo 90, que autoriza a los contribuyentes de la primera categoría para suspender los pagos provisionales obligatorios cuando sufrieren pérdidas, o al artículo 97, que establece la devolución por parte del Servicio de Tesorerías del remanente que resultare a favor del contribuyente una vez imputados los pagos provisionales a los impuestos anuales a la renta.
La obra que presentamos en esta oportunidad se conforma de 12 Capítulos, que revisan en forma completa el sistema de pagos provisionales adoptado por el legislador chileno.
En un breve resumen de aquellos, podemos mencionar que en el primero de ellos se revisa el ámbito de aplicación del sistema en cuestión, incluyendo una breve revisión histórica de su incorporación de los PPM a la ley del ramo. Culmina dicho capítulo, a modo de adelanto de lo que sigue, con una descripción de la operatoria general del referido sistema.
El Capítulo 2 inicia el análisis general de la norma clave al respecto, cual es la letra a) del artículo 84. Dicha disposición regula la determinación y aplicación de la tasa variable con arreglo a la cual deben calcular sus pagos provisionales obligatorios los contribuyentes de la primera categoría acogidos a la letra A) del artículo 14 de la Ley de la Renta.
En ese mismo Capítulo se estudia también la posibilidad de que el contribuyente obligado pueda recalcular su tasa de los pagos provisionales a que se refiere la letra a) del artículo 84, cuando experimente cambios relevantes en sus ingresos, costos o gastos que afecten o puedan afectar significativamente la renta líquida del ejercicio, procedimiento contemplado en el inciso final de la mencionada letra, agregado por la Ley Nº 21.210, de 2020.
En el Capítulo que sigue se analiza en detalle la base imponible de los PPM obligatorios, conformada por los ingresos brutos mensuales, percibidos o devengados, de acuerdo con las normas del artículo 29 de la Ley de la Renta.
Así entonces, la base de cálculo de los PPM estará conformada por la suma de todos los ingresos derivados de la explotación de bienes y actividades clasificadas en la primera categoría, percibidos o devengados dentro del mes respectivo, con excepción sólo de aquellos que no constituyan renta según el artículo 17 de la Ley de la Renta.
Por ello, en el citado Capítulo 3 se realiza un análisis de los principales ingresos que conforman la base de cálculo de los PPM. También se revisan las normas legales del propio artículo 84 que excluyen de la base imponible de los pagos provisionales a ciertos ingresos, como por ejemplo las ventas que se realicen por cuenta de terceros o los reembolsos de gastos, en cumplimiento de los requisitos administrativos que fija el SII.
Cuando el contribuyente se encuentre en situación de pérdida tributaria, la ley del ramo, a través de su artículo 90, otorga la opción a los contribuyentes sometidos obligatoriamente al sistema de pagos provisionales de suspender el cumplimiento de dicha obligación, de acuerdo con el procedimiento definido en dicha norma, analizado en detalle en el Capítulo 4 de la presente obra.
Ciertamente, el objetivo de dicha franquicia es evitar que el contribuyente continúe sujeto a la obligación de provisionar ciertas sumas a cuenta de sus impuestos anuales a la renta, en circunstancia que tales tributos, en definitiva, no se devengarán en razón de la pérdida que arrojará la gestión empresarial.
El Capítulo 5, en tanto, revisa con detalle las modalidades especiales de determinación de los PPM, excluidas, en consecuencia, del procedimiento general contenido en la letra a) del artículo 84.
Nos referimos a las letras c), d), e) y h) del citado artículo 84, que someten a los contribuyentes a que se refieren dichas letras a tasas fijas de PPM, calculados sobre sus ingresos brutos mensuales.
También se revisa someramente en este Capítulo los PPM que deben determinar y enterar los explotadores mineros de acuerdo con el artículo 7º de la Ley Nº 21.591, sobre Royalty Minero.
En el Capítulo que sigue se analizan algunos casos especiales de contribuyentes sometidos a tasas rebajadas o a modalidades especiales de determinación de la base imponible de los PPM, establecidas en decretos dictados por el Ministerio de Hacienda.
Los pagos provisionales mensuales que deben determinar y enterar los contribuyentes acogidos a los regímenes Pro Pyme, contenidos en la letra D) del artículo 14 de la Ley de la Renta se analizan en detalle en el Capítulo 7 de esta obra.
Cabe recordar que hasta el año comercial 2024, los contribuyentes acogidos al régimen Pro Pyme del Nº 3 de la letra D) del citado artículo 14 deben calcular sus PPM considerando una disminución del 50% de la tasa que les correspondería de acuerdo con la citada norma legal. Aquello, como consecuencia de la rebaja de la tasa del impuesto de primera categoría que deben satisfacer dichos contribuyentes, que rige hasta ese año comercial.
En el Capítulo 8 de esta obra se tratan con detalle los PPM que deben enterar los profesionales y otros contribuyentes de la segunda categoría.
Hay que recordar que la tasa de estos PPM llegará al 17% en el año 2028, siendo actualmente de 13% y que subirá a 13,75% en el año comercial 2024. También es importante recordar que estos contribuyentes deben, según sea el caso, enterar un 3% adicional a sus PPM por efectos de los préstamos tasa cero de las Leyes Nºs. 21.242 y 21.252.
El Capítulo 9 se destina al análisis de los pagos provisionales voluntarios, mecanismo disponible para todos los contribuyentes sujetos al sistema de pagos provisionales, sean de la primera o de la segunda categorías.
Los Capítulos 10 y 11, en tanto, se refieren a materias más bien de administración de los PPM: se tratan en dichos capítulos la contabilización de los PPM, los plazos de entero en arcas fiscales de estos PPM, su declaración en el F29, la reajustabilidad de los mismos y cómo se imputan a los impuestos anuales a la renta.
Por último, en el Capítulo 12 y final se revisan diversas situaciones especiales relacionadas con el sistema en estudio, como la imputación a los PPM de crédito especial de las empresas constructoras, que se elimina definitivamente a partir del 1 de enero de 2027, la imputación a tales pagos de los peajes pagados por las empresas de transporte de pasajeros a que se refiere la Ley Nº 19.764, o la deducción de los desembolsos relacionados directamente con los sistemas de trazabilidad, en contra de los PPM.
Como es habitual en nuestras obras, se recurre con frecuencia en ellas a las instrucciones oficiales impartidas por el SII, como así también a los pronunciamientos emitidos por el Director Nacional del SII, como una manera de confirmar los comentarios vertidos en la presente obra. Asimismo, los diversos Capítulos que componen el presente texto se ilustran con ejemplos numéricos que ayudan a entender mejor las disposiciones del sistema de pagos provisionales.
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