Índice general

Presentación de la obra

Índice temático

Agradecimientos

Prólogo

Ley 13.661

Título I

Del jurado de enjuiciamiento

Capítulo I

De la lista de jurados

Art. 1º.—

Art. 2º.—

Art. 3º.—

Art. 4º.—

Art. 5º.—

Art. 6º.—

Art. 6º bis.—

Capítulo II

De la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento

Art. 7º.—

Art. 8º.—

Art. 9º.—

Art. 10.—

Art. 11.—

Capítulo III

De la Constitución del Jurado de Enjuiciamiento

Art. 12.—

Art. 13.—

Art. 14.—

Art. 15.—

Art. 16.—

Capítulo IV

De la jurisdicción del Jurado de Enjuiciamiento

Art. 17.—

Art. 18.—

Art. 19.—

Art. 20.—

Art. 21.—

Título II

Del procedimiento ante el Jurado de Enjuiciamiento

Capítulo I

De los titulares de la acción

Art. 22.—

Art. 23.—

Art. 24.—

Art. 24 bis.—

Capítulo II

De la denuncia

Art. 25.—

Art. 26.—

Art. 26 bis.—

Capítulo III

Del sumario

Art. 27.—

Art. 28.—

Art. 29.—

Art. 29 bis.—

Capítulo IV

De la acusación

Art. 30.—

Art. 31.—

Art. 32.—

Art. 33.—

Art. 34.—

Art. 35.—

Art. 36.—

Capítulo V

De la audiencia pública

Art. 37.—

Art. 38.—

Art. 39.—

Art. 40.—

Art. 41.—

Art. 42.—

Art. 43.—

Capítulo VI

Del veredicto

Art. 44.—

Art. 45.—

Art. 46.—

Art. 47.—

Art. 48.—

Art. 49.—

Título III

De las disposiciones generales

Art. 50.—

Art. 51.—

Art. 52.—

Art. 53.—

Art. 54.—

Art. 55.—

Art. 56.—

Art. 57.—

Art. 58.—

Art. 59.—

Art. 59 bis.—

Título IV

De las disposiciones transitorias

Art. 60.—

Art. 61.—

Art. 62.—

Art. 63.—

Art. 64.—

Art. 65.—

Bibliografía

Prólogo

He tenido el gusto y el honor de redactar numerosos prólogos, pero no recuerdo haber hecho uno de una obra que se limitara a comentar una ley. En ese marco, cuando Bonomi me ofreció que hiciera el presente, debo confesar que se me generó un cierto prejuicio acerca de las características que tendría su libro. Supuse que era un comentario exegético acerca de la ley, en donde lo central y predominante era el texto de la misma, acompañado de algunas consideraciones genéricamente redundantes que poco aportaban a una lectura crítica y en profundidad de la norma. Sintéticamente, un libro de los que abunda, destinado a interesados en conocer exclusivamente lo que dice la ley y punto, careciendo de interés acerca de lo que se puede glosar a la misma en orden a enriquecer su lectura contextualizándola con el derecho constitucional y convencional, y promoviendo futuras reformas que la mejoren sistémica, axiológica y operativamente. Obviamente, que rápidamente comprobé que el trabajo de Bonomi rebatía absolutamente mi prejuicio, en tanto reflejaba enorme seriedad, pleno conocimiento de la problemática del enjuiciamiento de magistrados, dominio del derecho comparado y un tratamiento exhaustivo de cada uno de los artículos de la ley 13.661 de “Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires”. Una muestra del estilo del libro la tuve ya al comienzo cuando propone cambiar aquel nombre de la ley por el de “Enjuiciamiento de la Magistratura e integrantes del Ministerio Público y Tribunal de Cuentas”.

En realidad mi juicio racional sobre el trabajo de Bonomi corroboraba la opinión que justificadamente había alcanzado como alumno de la Maestría en Magistratura y Derecho Judicial de la Universidad Austral de Buenos Aires, en donde además de las buenas notas que logró en las distintas materias de la curricula, su tesis final fue calificado con nueve por un Jurado muy calificado y exigente designado al efecto, y dicho trabajo fue seleccionado como una de los tres mejores de su promoción, y por ende, se lo publicó como uno de los “Cuadernos de Derecho Judicial” en la colección que el Departamento de Derecho Judicial de la Universidad Austral editada con La Ley. Por otro lado, el autor cuenta con otra Maestría concluida en 2012 con Diploma de Honor, específicamente es Magister en Derecho Penal también por la Universidad Austral. A eso se suma una prolongada trayectoria en el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires adonde ingresó en 1996, aunque en los últimos años estuvo directamente vinculado al jurado de Enjuiciamientos de Magistrados y Funcionarios asesorando como letrado de la Corte Suprema de aquella provincia.

La extensión de la obra ya es un dato formal que habla de una relevante y puntillosa capacidad de análisis, en donde el autor concreta comentarios oportunos y enriquecedores de la totalidad de los artículos de la ley bajo estudio. Asimismo, el tipo de perspectiva científica asumido por Bonomi se inscribe en lo que decididamente alentamos. En efecto, se asume que el paradigma de nuestro tiempo es el del Estado de Derecho Constitucional donde ya la ley no es sinónimo del derecho, y los derechos humanos son una pauta interpretativa de toda norma jurídica. No caben lecturas juridicistas o positivistas que prescindan de la ética demandada por la sociedad y el mejor derecho. Por ello, tampoco proceden interpretaciones textualistas o formalistas que perturben un adecuado servicio de justicia con apego al debido proceso.

Nuestro derecho se ha constitucionalizado, pero también convencionalizado, de ahí las abundantes referencias que el lector encontrara en este libro de jurisprudencia de la Corte Interamericana y Opiniones Consultivas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. También la mirada de Bonomi acude a jurisprudencia europea acerca de la cuestión tratada en este libro, como abundante jurisprudencia y normas jurídicas que integran el derecho vigente y valido de la provincia de Buenos Aires. Su estudio incluye interesantes observaciones de lege ferenda que resultarán insoslayables ante la posibilidad de emprender una reforma a la ley 13.661. Algo que igualmente me llamó la atención es la cantidad de notas enriquecedoras en orden a la operatividad de la ley de naturaleza absolutamente prácticas, como por ejemplo mecanismos de notificación, suplencias, sedes, etc. Sin duda que su experiencia laboral conectada a los jurados de enjuiciamientos en la provincia de Buenos Aires, le proveen un conocimiento concreto que pocos pueden igualar y que hacen el juicio del autor tan rico y variado.

Sin pretensión de originalidad, en la Maestría que dirigimos con María Gattinoni en la Universidad Austral y que el autor transitó exitosamente, enseñamos que para acceder al cargo de juez o magistrado habría que acreditar hasta seis idoneidades: i) que conozca el derecho, y no solo la ley; ii) determinativa o prudencial en orden a resolver casos jurídicos; iii) sicológica; iv) de salud como para cumplir el servicio al que accederá; v) gerencial o administrativa a fin de liderar u organizar eficazmente el trabajo del tribunal; y vi) ética avalada por la opinión de aquellos que lo conocen por actividades o espacios vitales variados . Asimismo, pesan sobre el juez deberes que a grandes rasgos se dividen en jurídicos (establecidos por normas penales, civiles, administrativas, constitucionales, etc.) y éticos, y consiguientemente corresponde que él responda por el respectivo cumplimiento de esos deberes. Precisamente, la responsabilidad política o constitucional está prevista en el diseño institucional del poder del Estado, y su objeto es corroborar si el juez conserva las idoneidades que lo han llevado a dicho cargo, de ahí que no puede confundirse con la responsabilidad penal que se dilucida por un juez penal, conforme al Código Penal de fondo y procesal. Nos complace que esas diferencias son compartidas por Bonomi, y su libro refiere a la responsabilidad política o constitucional a la que explora detallada y acertadamente.

En definitiva, una obra que define un modo apropiado y actualizado de trabajar en comentarios a leyes que la comunidad jurídica agradece por los beneficios que genera. Puntualmente, cualquier interesado en jurados de enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios encontrará en este libro de Bonomi una fuente de interrogantes y respuestas teóricas y prácticas que le resultaran muy provechosas. Nuestro deseo es que el autor potencie sus inquietudes académicas, alentándolo a que las capacidades que hemos comprobado en este libro, se reflejen en otros más.

Rodolfo Vigo

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