Índice
Prólogo
Capítulo I
La Dirección del Trabajo
A. Antecedentes generales
B. Su organización
C. Atribuciones y funciones
1. Función fiscalizadora
2. Función normativa
3. Otras funciones
a) Ministro de fe
b) Función registral
c) Mediación
d) Emisión de informes
4. Atribuciones especiales conferidas por la reforma procesal laboral
a) Procedimiento de tutela laboral
b) Procedimiento monitorio
Capítulo II
La fiscalización
A. Generalidades
1. Concepto
2. El Fiscalizador
a) Concepto
b) Prohibiciones a que está afecto
c) Responsabilidad del fiscalizador
3. Tipos de fiscalización
I. Fiscalización ordinaria
A) General
1) A petición de parte o solicitada
2) Fiscalización de oficio
B) Especial
II. Fiscalización Extraordinaria
4. Generalidades de la fiscalización
a) Simple
b) De efectos provisionales, esencialmente revisables al nivel jurisdiccional, sin perjuicio de la posibilidad de revisión administrativa
c) Rápido
d) De aplicación masiva y general
e) A bajo costo
f) Con alto impacto disuasivo y demostrativo
g) Con aplicación preponderante en las fases preventivas de la conflictividad laboral o en las primeras etapas de su manifestación
h) La fiscalización percibe y aprecia los hechos en forma directa e inmediata
i) La fiscalización se orienta por una política construida a partir de un diagnóstico acabado de la realidad sobre la que se aplicará
5. Características, principios y reglas generales del procedimiento
6. Derechos del ciudadano fiscalizado
7. Derechos de los trabajadores, de sus representantes y de las organizaciones sindicales, durante un procedimiento inspectivo
B. El procedimiento de fiscalización
1. Reglamentación de la fiscalización
2. Facultades o labores del fiscalizador
a) Labor fiscalizadora
b) Labor sancionadora
c) Labor preventiva o previa al conflicto
3. Etapas de la fiscalización en modalidad presencial o semipresencial
a) Presentación con el fiscalizado
b) Entrevista al empleador
c) Actuaciones realizadas por el fiscalizador
Inspección perceptiva
Entrevista a trabajadores
Revisión documental
Revisión en oficina
4. Análisis de la documentación que puede requerir el fiscalizador
a) Contrato de trabajo
b) Registro control de asistencia
c) Libro auxiliar de remuneraciones
d) Reglamento interno de orden, higiene y seguridad
e) Comprobante de pago de remuneraciones
f) Comprobantes de feriado
g) Instrumentos colectivos
h) Finiquitos
i) Documentación comercial
j) Documentación previsional
k) Otros documentos previsionales
5. Casos especiales de fiscalización
a) Fiscalización en domicilios particulares
b) Fiscalización en modalidad a distancia
i. Inicio de la investigación
ii. Presentación con el fiscalizado
iii. Entrevistas
iv. Revisión documental
6. La refiscalización
7. La fiscalización electrónica
C. Disposiciones especiales aplicables a la fiscalización para la Micro y Pequeña Empresa (MYPE)
Capítulo III
De las infracciones a la normativa laboral
y de seguridad social
A. Ente sancionador
B. Tipo de sanciones
C. Monto de las sanciones de carácter pecuniario
D. Formalidades de la sanción
E. Notificación de la resolución que aplica una multa
Capítulo IV
Del reclamo por sanciones de carácter administrativo
A. En sede administrativa
1. Recursos establecidos en la Ley Nº 18.575
a) Recurso de reconsideración general
b) Recurso jerárquico
2. Recursos contemplados en la Ley Nº 19.880
3. Recursos contemplados en el Código del Trabajo
a) Reconsideración
b) Rebaja obligatoria
c) Recurso Administrativo Simplificado (RAS)
B. En sede judicial
1. Recurso de protección
2. Recursos contemplados en el D.F.L. Nº 2 de 1967, que contiene la Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo (L.O.D.T.)
3. Procedimiento especial para reclamo de multas contemplado en el Código del Trabajo
a) Reglas generales
1) Tribunal competente
2) Sujeto pasivo de la acción
3) Plazo para reclamar
4) Contenido de la demanda de reclamo
5) Documentos que deben acompañarse al reclamo
6) Examen de admisibilidad
7) Contestación
8) La prueba en el reclamo judicial
i. Rebaja de la multa aplicada
ii. Ilegalidad de la multa aplicada
iii. Inexistencia de la infracción
9) La sentencia definitiva
10) Recursos
b) Reglas especiales según el procedimiento seguido
1) Procedimiento ordinario laboral
2) Procedimiento monitorio
c) Casos especiales
Capítulo V
Jurisprudencia
A. Jurisprudencia Administrativa
1. Interpretación de contrato colectivo
2. Documentación laboral
3. Facultades de administración
a) Respecto de correos electrónicos
b) Respecto de sistemas computacionales de control
c) Respecto de entrega de Comprobante electrónico de remuneración
d) En cuanto a elaboración de protocolos de atención a público
e) Respecto de controles audiovisuales
f) Respecto de revisión corporal
g) Respecto de medidas de control antidrogas y detección de metales
h) Posibilidad de pactar en un contrato de trabajo cláusula de confidencialidad
i) Preguntas del empleador sobre estado de salud del trabajador
j) Autorización para la toma de muestra antígeno para SARS-CoV-2
k) Resultado de negativo de un examen PCR para detección del virus COVID-19
4. Protección a las remuneraciones
B. Obligatoriedad de entregar un anexo a las liquidaciones de remuneraciones. Detalles del anexo
Dictámenes generales sobre otras materias
C. Jurisprudencia Judicial
I. Fiscalización
A) Facultades de la Dirección del Trabajo
1) Contrato individual
a) Cláusulas tácitas
b) Atribución de dependiente
c) Semana corrida
d) Falta de escrituración del contrato de trabajo
e) Descuentos en remuneraciones
2) Interpretación de contratos colectivos
3) Higiene y Seguridad
4) Accidentes del trabajo
5) Sindicatos
a) Contrato colectivo
b) Prácticas antisindicales
c) Permisos sindicales
d) Delegado sindical
6) Negociación colectiva
a) Quórum para negociar
b) Trabajadores excluidos del proceso de negociación colectiva
c) Objeción de legalidad
d) Prácticas desleales
e) Reemplazo de trabajadores en huelga
7) Subcontratación
8) Base de cálculo de indemnización por años de servicios
9) Non bis in idem
B) Informe de Fiscalización
II. Multa administrativa
A) Impugnación por vía de recurso de protección
1) Procedencia
2) Improcedencia
B) Impugnación por vía de reconsideración administrativa
1) Rebaja obligatoria
2) Resolución que resuelve la reconsideración
3) Notificación
4) Reclamo judicial
5) Fundamentación
6) Prescripción
C) Otras decisiones administrativas
1) Corte Suprema, 4ª Sala, rol Nº 10466-2013, 12.03.14
2) Corte Suprema, 4ª Sala, rol Nº 8062-2017, 26.04.2017 (Voto de minoría)
Capítulo VI
Anexos
A. Normativa
1. Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo
2. Ley Nº 21.327. Modernización de la Dirección del Trabajo
3. Ley Nº 21.361. Adecua el Código del Trabajo en materia de documentos electrónicos laborales
B. Resoluciones Administrativas
1. Resolución Nº 1.241 de fecha 28 de septiembre de 2021, publicado en el Diario Oficial el 1 de octubre de 2021
2. Manual del Procedimiento de Fiscalización de la Dirección del Trabajo
3. Decreto Nº 37 del Ministerio del Trabajo. Aprueba Reglamento que determina los datos y la documentación que los empleadores deberán mantener obligatoriamente en el registro electrónico laboral, y las modalidades y procedimientos mediante los cuales se implementará y mantendrá actualizado dicho registro
4. Resolución Exenta Nº 681. Establece y sistematiza nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección del Trabajo
5. Resolución Exenta Nº 1.340. Fija los procedimientos para ratificación de finiquito, renuncia y mutuo acuerdo en el portal electrónico de la Dirección del Trabajo
6. Orden de Servicio Nº 5. Moderniza y actualiza normas vinculadas a procedimientos de inspección.
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Prólogo
Mucho se ha discutido en el último tiempo acerca de la forma en que el Estado debe cumplir con su obligación de velar por el cumplimiento de la legislación laboral, considerando lo importante y sensible que es el trabajo, el cual no solo es un importantísimo factor de la producción en una economía, sino que se trata de una actividad íntimamente relacionada con la dignidad humana.
Creemos en la necesidad de que dicho rol fiscalizador sea cumplido en forma cabal y eficiente, pero la ejecución del mismo, encomendado en Chile a la Dirección del Trabajo, en caso alguno puede conculcar otras garantías que la Constitución Política asegura a todas las personas.
La fiscalización del cumplimiento de la legislación laboral es uno de los pocos resabios de un ordenamiento jurídico que permitía que una misma persona fiscalizara, investigara y sancionara, conjunción de atribuciones que evidentemente deslegitima de cierta manera la función fiscalizadora frente al ciudadano fiscalizado, distorsión inaceptable en un estado de derecho democrático, pero que puede ser corregida con relativa facilidad, según explicaremos en el capítulo III.
El Estado de derecho moderno supone que las diferentes funciones del poder sean ejercidas por distintos órganos, independientes entre sí, cuyas facultades estén delimitadas con toda claridad. Por ello, la fiscalización no puede traducirse jamás en juzgamiento, y el ente fiscalizador, actuar como juez y parte, aunque se pretexte para ello la urgencia o necesidad imperiosa de la defensa de un grupo determinado, puesto que dicha labor corresponde de manera exclusiva y excluyente frente al órgano judicial.
Pero lo anterior, tampoco puede traer como consecuencia la privación de facultades al ente fiscalizador, de tal forma de transformarlo en un mero denunciante.
Un intento de equilibrar los principios reseñados se da con la dictación de la Ley Nº 21.327, sobre modernización de la Dirección del Trabajo, publicada en el Diario oficial el día 30 de abril de 2021, con vigencia desde el primero de octubre de 2021, la cual contiene entre sus principales ejes, y en lo atingente a este trabajo, mejoras en el proceso de fiscalización, mediante la incorporación de principios básicos que la dirigen, tales como la responsabilidad, gratuidad, eficiencia, eficacia, coordinación, impugnabilidad de los actos administrativos, control, probidad administrativa, transparencia y publicidad que rigen la actuación de los órganos de la Administración del Estado; como asimismo, eleva a rango legal criterios diferenciadores en la aplicación de las sanciones, e igualmente clasifica estas últimas según su naturaleza, todo para la determinación de los montos de las sanciones, lo que evidentemente constituye un avance en el resguardo de los derechos del ciudadano fiscalizado.
Confiamos en que la nueva legislación traerá como consecuencia un mejor sistema de fiscalización que genere confianza en la ciudadanía, y que permita conjugar la necesidad del Estado de prevenir y desincentivar el incumplimiento de la legislación laboral, y el derecho del ciudadano fiscalizado, para que la Administración no vulnere sus derechos constitucionales.
También esperamos que la fiscalización no se exceda en sus atribuciones, ni se arrogue facultades de las cuales carece.
El fin de este trabajo no es dar una solución a la disyuntiva planteada, lo cual excede el ámbito del mismo, sino recordar que la labor fiscalizadora no se encuentra sujeta al árbitro del ente fiscalizador, puesto que tiene establecida una normativa especial, que obliga al fiscalizador, y que garantiza los derechos del fiscalizado, quien, para poder exigir su cumplimiento, debe estar en conocimiento de la misma, a fin de evitar el abuso.
También permitir que el ciudadano fiscalizado conozca los derechos que posee, tanto en el ámbito administrativo como en el judicial, tanto antes como durante y después de un proceso de fiscalización, y, asimismo, cómo precaver posibles multas o sanciones.
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