Índice

Operación Renta A.T. 2022

Novedades en Declaraciones Juradas (DDJJ)

Principales Cambios en Declaraciones Juradas A.T. 2022

Área Editorial Tributaria

Formulario 22 y otros temas

Renta A.T. 2022 Pro Pyme, Ciclo de Vida e Impuesto Mínimo Mundial

Área Editorial Tributaria

Principales cambios normativos de la Ley Nº 21.210, que “Moderniza la Legislación Tributaria”

Defensoría del Contribuyente

La “DEDECON” en la Ley Nº 21.210

Área Editorial Tributaria

Código Tributario

Ciclo de Vida del Contribuyente: Modificaciones de la Ley Nº 21.210

Área Editorial Tributaria

Ley de la Renta

Ganancias de Capital

Modificaciones a las Ganancias de Capital, según Ley Nº 21.210

Área Editorial Tributaria

  

Regímenes Tributarios

¿Por qué preferir el Régimen Tributario “Pro Pyme” del 14 D), Nº 3 de la LIR?

Heriberto Urrutia Muñoz

  

Ley Nº 21.256: Establece Medidas Tributarias

Área Editorial Tributaria

  

Nuevo Régimen Tributario “Semi Integrado”, Ley Nº 21.210

Juan Alberto Pizarro B.

  

Crédito por IDPC con Obligación de Restitución antes y después de la Ley Nº 21.210

Raúl Sade Celpa

  

Trilogía CPT - RLI Y RRE: Fundamentos (Parte I) y Práctica (Parte II)

Katia Villalobos Valenzuela

  

Régimen excepcional, opcional y transitorio para rectificar el CPT

Área Editorial Tributaria

Artículo 21 LIR

Nuevo artículo 21 de la LIR, según Ley Nº 21.210

Raúl Sade Celpa

Ley del IVA

Solicitud de Devolución por art. 27 bis con Ley Nº 21.210

Ruby Vásquez J.

Ley Nº 16.271

Modificaciones de la Reforma Tributaria a la LIHAD (Ley Nº 16.271)

Área Editorial Tributaria


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NOVEDADES EN DECLARACIONES JURADAS (DDJJ)

Principales cambios en declaraciones juradas A.T. 2022

Área Editorial Tributaria
Thomson Reuters

Contenido: Introducción. Tema Nº 1: Principales novedades en DDJJ. Tema Nº 2: Eximición de la DJA F1887 (sueldos). Tema Nº 3: DJA F1832 (donaciones) y nuevo modelo certificado Nº 72. Tema Nº 4: DJM F1820 (contratos de derivados).

INTRODUCCIÓN

El Área Editorial Tributaria presenta a sus lectores “PRINCIPALES CAMBIOS EN DECLARACIONES JURADAS A.T. 2022”, trabajo a través del cual efectúa un repaso de cuatro (4) temas fundamentales sobre la materia, que ha instruido el Servicio de Impuestos Internos hasta la fecha, y que les ayudarán a conocer las principales claves en materia de Declaraciones Juradas (formatos e instrucciones) para la primera etapa del proceso Operación Renta A.T. 2022. Los invitamos a revisarlos.

El primer tema “PRINCIPALES NOVEDADES EN DDJJ”, el Servicio de Impuestos Internos por medio de la Resolución Ex. SII Nº 98, de 26.08.2021 dio a conocer las principales novedades sobre Declaraciones Juradas para el A.T. 2022, incluyendo sus Anexos Nºs. 1 al 10 (formatos e instrucciones vigentes). Los cambios afectan a las DDJJ F1879 (honorarios), F1887 (sueldos), F1903 (cotizaciones Ley Nº 16.744), F1943 (rentas sin C.C.), F1947 (base imponible Primera Categoría Transparencia Tributaria), F1929 (operaciones en el exterior) y la eliminación de informar en el F1879 (honorarios) el dato de las rentas pagadas a trabajadores de las artes y espectáculos.

El segundo tema “EXIMICIÓN DE LA DJA F1887 (SUELDOS)”, el Servicio de Impuestos Internos con base en el “LRE” implementado por la DT, creó el “Registro Anual sobre Retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 Nº 1 y 74 Nº 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta” (homologación), con el cual generará todos los años la DJA F1887 (Sueldos), eximiendo a los contribuyentes empleadores, acogidos al “LRE” ante la DT, de cumplir con la obligación tributaria accesoria a partir del proceso Operación Renta A.T. 2022.

El tercer tema “DJA F1832 (DONACIONES) Y NUEVO MODELO CERTIFICADO Nº 72”, el Servicio de Impuestos Internos a partir del A.T. 2022 dispuso el uso del nuevo modelo Certificado Nº 72 y del formato de la DJA F1832 sobre “Declaración Jurada Anual sobre Donaciones…”, para informar las donaciones al Fondo Nacional del Cáncer, que se realicen durante el año 2021 en adelante. En esta edición conozca los nuevos formatos, las instrucciones detalladas y alcances legales sobre la materia.

Finalmente, en el cuarto tema “DJM F1820 (CONTRATOS DE DERIVADOS)”, el Servicio de Impuestos Internos a partir del 1.01.2022 exceptúa de cumplir con la DJM F1820 a bancos, instituciones financieras u otras entidades sometidas a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), aun cuando la contraparte del “Contrato de Derivado” sea un contribuyente no domiciliado ni residente en Chile.

TEMA Nº 1
PRINCIPALES NOVEDADES EN DDJJ

Resumen. Se reemplaza formato, contenido e instrucciones de las DDJJ F1879 (Retenciones), F1887 (Sueldos), F1903 (Cotizaciones del seguro social) y 1943 (Contribuyentes de los arts. 14 B) Nº 1, y 14 B) Nº 2 y art. 34 LIR). Asimismo, se reemplazan las instrucciones de llenado de las DDJJ F1947 (Base Imponible “Pro Pyme Transparente”) y F1929 (Operaciones en el Exterior). Finalmente, se modifica la Resolución Ex. SII Nº 86, de 28.09.2018, eliminándose la obligación de los empleadores de presentar la DJA F1879 (Retenciones) por las rentas pagadas a trabajadores de las artes y espectáculos, regidos por los arts. 145 A y siguientes del Código del Trabajo. Vigencia a partir del A.T. 2022 por las operaciones que se informen desde el AC 2021 en adelante. Anexos Nºs. 1 al 10.

El Servicio de Impuestos Internos inició la publicación de las resoluciones modificatorias en materia de Declaraciones Juradas Anuales, con las cuales inició la preparación de la primera etapa de la Operación Renta A.T. 2022.

Como recordará el lector, la Operación Renta es un proceso anual conformado de dos (2) etapas, a saber: etapa 1) El envío de las Declaraciones Juradas Anuales (F18XX y F19XX, según corresponda) a través de los medios aceptados por el Servicio, realizado a través de la web www.sii.cl, cuales son: formulario electrónico gratuito, asistentes gratuitos para declarar, y transferencias de archivos mediante el empleo de software casa comercial (de cargo del contribuyente), software generador, e importador de datos, a elección y dependiendo, en general, del tipo de DJA de que se trate. El período de cumplimiento inicia a fines de enero y se prolonga hasta el 30 de junio de cada año, según la calendarización oficial que publica el Servicio para cada proceso anual, y etapa 2) El envío de la Declaración Anual de Impuestos a la Renta (F22), que se inicia a partir del 1 de abril y que se prolonga hasta el mes de mayo de cada año, dependiendo del tipo de declaración (F22) de que se trate. El envío se realiza electrónicamente o a través de la transferencia de archivos mediante el empleo de software comercial en la web www.sii.cl. Recordemos que el plazo de la última Renta (2021) se prolongó excepcionalmente hasta el 31.05.2021, conforme lo establecido por el D.S. de Hacienda Nº 671, de D.O. 18.05.2021 que “Modifica Decreto Supremo Nº 611, de 9 de abril de 2021, del Ministerio de Hacienda, Estableciendo Nuevas Medidas de Índole Tributaria que indica”. Además, a la fecha de este artículo aún se mantiene en trámite un Proyecto de Ley que Modifica el Código Tributario (artículo 36) con el fin de ampliar el plazo de la Operación Renta en situaciones de Estado de Excepción Constitucional. Lo último que se sabe es que este proyecto se fue a Comisión Mixta por rechazo en el Senado de la idea de legislar.

No obstante, ahora nos centramos en las novedades de la primera etapa del proceso Operación Renta A.T. 2022, referido al reemplazo de algunos formatos (DDJJ F18XX y F19XX), de su contenido y de las instrucciones referidas básicamente a los principales formularios que suelen utilizar los contribuyentes durante la etapa de declaración.

(...)

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