Índice

Editorial

OPERACIÓN RENTA 2021

TEMA Nº 1. Trilogía CPT-RLI y RRE: fundamentos (Parte I) y práctica (Parte II). Incluye 4 talleres para comprender la razonabilidad del Capital Propio Tributario.

Por Katia Villalobos Valenzuela

PARTE I. Fundamentos

– INTRODUCCIÓN

– CAPÍTULO Nº 1: Principales reportes tributarios

– CAPÍTULO Nº 2: Razonabilidad del Capital Propio Tributario (CPT)

– CAPÍTULO Nº 3: Ecuación del inventario aplicada al mundo tributario

– CAPÍTULO Nº 4: Trilogía CPT-RLI y RRE

PARTE II. Práctica

– INTRODUCCIÓN

– TALLER Nº 1: Sociedad Legal S.A. (AC 2020)

– TALLER Nº 2: La Traviata Ltda. (AC 2020)

– TALLER Nº 3: Rocketman Ltda. (AC 2020)

– TALLER Nº 4: Freddy Mercury Ltda. (AC 2019 y 2020)

TEMA Nº 2. SUPLEMENTO TRIBUTARIO PARA LA RENTA A.T. 2021

1. Instrucciones oficiales del SII para efectuar la Declaración de los Impuestos Anuales a la Renta correspondientes al Año Tributario 2021 (Circular Nº 13, de 1.03.2021)

2. Información tributaria para la Operación Renta Año Tributario 2021

A. Para aplicación de las normas de Corrección Monetaria (Art. 41 de la LIR) con respecto al ejercicio comercial finalizado al 31.12.2020

1. Cotización de monedas extranjeras y su variación porcentual

2. Cotización de monedas nacionales de oro al 31.12.2020

3. Costo de reposición al 31.12.2020 de las mercaderías nacionales (Art. 41 Nº 3 de la LIR)

4. Costo de reposición al 31.12.2020 de las mercaderías adquiridas en el extranjero (Art. 41 Nº 3 de la LIR)

5. Reajuste del Capital Propio Inicial (CPI)

6. Porcentajes y factores de actualización directos

B. Reajuste de los saldos de los Registros de Rentas Empresariales (RRE), del registro FUR y de los Excesos de Retiros no imputados, todos existentes al 31.12.2019

C. Tabla para el cálculo del Impuesto Global Complementario (IGC) A.T. 2021, establecida en el Art. 52 de la LIR

D. Tabla para el cálculo del Impuesto Global Complementario (IGC) A.T. 2021, establecida en la letra b), del Art. 52 bis de la LIR, para el Presidente de la República, ministros de Estado, subsecretarios, senadores y diputados

3. Otros datos de interés tributario para el cierre del ejercicio 2020

A. Unidad de Fomento (UF)

B. Corrección Monetaria mensual (UTM, UTA, IPC)

C. Reajuste Impuestos Anuales a la Renta a declarar y pagar, según el Art. 72 de la LIR

4. Edición complementable con Checkpoint Tributario

• Repaso general

EDITORIAL

Estimado lector, ¡bienvenido a la Operación Renta A.T. 2021!

Como ya es de su conocimiento, el pasado lunes 15 de febrero de 2021, el Servicio de Impuestos Internos dio el vamos oficial a la Operación Renta A.T. 2021. Para lo cual creó en su portal Web un acceso especial para todos los contribuyentes personas y empresas, con miras a orientarlos y a facilitarles el trámite en cada una de sus dos etapas: declaraciones juradas anuales y F22.

Imagen Nº 1.
Nuevo portal del Servicio para esta Operación Renta A.T. 2021

Imagen Nº 2.
Menú de Clasificación de las Declaraciones Juradas A.T. 2021.

Fuente: www.sii.cl.

Se trata de una plataforma personalizada, a la cual el lector obligatoriamente deberá acceder en: https://www.sii.cl/destacados/renta/2021/. El acceso a este portal es con RUT y clave tributaria del contribuyente. El lema dispuesto por el Servicio es “Informados vamos un paso adelante”. De ahí, entonces, que su afán es incentivar a los contribuyentes para que, con el debido tiempo, inicien la preparación de sus obligaciones tributarias, evitando así que puedan incurrir en errores por omisión o falta de conocimiento.

Este A.T. 2021 no basta con trabajar la Operación Renta con los productos que ofrece el mundo privado (Casas de Software). Pienso que hay que hacerlo a la par con el Servicio de Impuestos Internos, esto es, conocer acerca de sus novedades y aplicaciones. ¿Por qué proceder así? Simplemente, porque el Servicio es la autoridad en materia tributaria y es quien tiene, además, la última palabra. Para bien o mal de muchos. Si bien es cierto, nosotros las Casas de Software también estudiamos e interpretamos la ley; es el Servicio el que primero instruye a todos sus funcionarios, contribuyentes y público en general por medio de sus circulares y resoluciones, el cómo proceder, e incluso hasta en oficios u ordinarios el Servicio ha dado respuestas a consultas determinadas de los contribuyentes, resolviendo aspectos de instrucción que previamente habían sido omitidos en la normativa. En consecuencia, en varias ocasiones nuestra empresa (como Casa de Software), se ha visto en la obligación de adoptar una opinión técnica en el trato particular de determinadas materias, debido a la falta oportuna de instrucción oficial. Por lo que también necesitamos conocer y estudiar a cabalidad la instrucción normativa del Servicio, y cuáles serán las líneas, códigos y recuadros informativos que se implementan cada año. Por supuesto, este A.T. 2021 no es la excepción, sobre todo porque en la Renta debutarán en pleno la Reforma Tributaria de la Ley Nº 21.210, de D.O. 24.02.2020 que “Moderniza la Legislación Tributaria” y la mini reforma de la Ley Nº 21.256, de D.O. 2.09.2020 que “Establece Medidas Tributarias que Forman Parte del Plan de Emergencia para la Reactivación Económica y del Empleo en un Marco de Convergencia Fiscal de Mediano Plazo”.

Para más información:
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