Índice general

Palabras preliminares de la segunda edición

El jurista en tiempos de crisis, por Diego Valadés

I. La obra

1. Federalismo

2. Democracia y equidad

II. El jurista

Prólogo, por Germán J. Bidart Campos

Prólogo, por Eduardo García de Enterría

Primera Parte

FEDERALISMO

Capítulo I

LOS SISTEMAS POLÍTICOS FEDERALES

I. La teoría del federalismo y los federalismos

1. Origen y denominación. La Convención de Filadelfia de 1787 y El Federalista

2. Federalismo como forma de Estado

3. Federalismo, república, Constitución y democracia

4. Federalismo: unión y diversidad

5. Soberanía y autonomía en los Estados federales

a) La soberanía reside en el Estado federal

b) La soberanía reside en el poder constituyente

c) La soberanía reside en los Estados miembros

d) La soberanía está dividida y compartida entre los diversos órdenes gubernamentales de la federación

6. Los procesos de federalización

7. Conceptos y características esenciales de los Estados federales

8. Clasificaciones de los sistemas políticos federales

a) Integrativos y devolutivos

b) Simétricos y asimétricos

c) Duales y de coordinación

d) Centralizados o descentralizados

e) Con gobiernos presidencialistas o parlamentarios

f) Con propósitos de división del poder o relacionados con la identidad

9. Listado de países federales

II. Otras formas federativas

1. La confederación

2. Los Estados regionales

III. Reflexiones sobre los desafíos y el futuro del federalismo

Capítulo II

EL FEDERALISMO ARGENTINO

I. Antecedentes históricos

1. El período colonial (1553-1810)

2. La Revolución de Mayo de 1810 y las ideas liminares de la nacionalidad

3. Los intentos unitarios o federales de organización del país y la sanción de las Constituciones provinciales (1811-1831)

4. El Pacto Federal de 1831 y la Confederación Argentina

5. El pensamiento de Alberdi sobre el federalismo

6. La sanción de la Constitución Nacional de 1853

II. Los modelos normativos federales en la Constitución Nacional

1. Las causas de la adopción del federalismo como forma de Estado

2. El federalismo en la Constitución Nacional de 1853

3. El federalismo en la reforma constitucional de 1860

4. Las diferencias con la Constitución de los Estados Unidos

5. Desde el federalismo “dual” hasta el “cooperativo” (a partir de 1950)

6. El restablecimiento democrático de 1983 y la descentralización del poder

Capítulo III

EL FEDERALISMO ARGENTINO. CONTINUACIÓN. EL FEDERALISMO EN LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994

I. Introducción

II. Aspectos institucionales y políticos del federalismo

1. Los cuatro órdenes de gobierno de la Federación argentina

2. La distribución de competencias

3. El Senado y su rol federal

a) La incorporación del tercer senador por cada provincia

b) La elección directa y la reducción del mandato de los senadores

c) La acentuación de su rol federal

4. La intervención federal

5. Los partidos políticos y el federalismo

III. Aspectos financieros del federalismo

1. La distribución constitucional en materia impositiva

2. La coparticipación impositiva antes de la reforma constitucional de 1994

3. La coparticipación en la reforma constitucional de 1994

4. El organismo fiscal federal

5. Pautas federales del presupuesto nacional

6. El reconocimiento del poder tributario provincial y municipal en los establecimientos de utilidad nacional

IV. Aspectos económicos del federalismo

1. El Banco Federal

2. Las regiones para el desarrollo económico y social

3. Las provincias y los convenios internacionales

4. Las provincias y el dominio originario de los recursos naturales

5. El reconocimiento de la autonomía municipal en sus aspectos económicos y financieros

V. Aspectos sociales y culturales del federalismo

1. Organismos de seguridad social y otras facultades concurrentes

2. Principios federales en educación, ciencia y cultura

Capítulo IV

EL FEDERALISMO ARGENTINO. CONTINUACIÓN. LA REALIDAD DE NUESTRO FEDERALISMO: EL INCUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, EL HIPERPRESIDENCIALISMO Y EL UNITARISMO FISCAL

I. Introducción

II. Hiperpresidencialismo y políticas centralistas

III. La falta de sanción de la ley-convenio de coparticipación impositiva

IV. El unitarismo fiscal. El destino del gasto público federal

V. Hiperpresidencialismo y presupuesto nacional

VI. La insuficiencia del avance del proceso de integración regional

VII. El no cumplimiento de otras normas referidas a los aspectos económicos del federalismo

VIII. Las Leyes de Financiamiento Educativo y Nacional de Educación

IX. La falta de autonomía “plena” para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

X. Hiperpresidencialismo y emergencia por la pandemia del COVID-19

XI. Las finanzas municipales en nuestra Federación

XII. La profundización de una jurisprudencia federalista y municipalista por la Corte Suprema de Justicia de la Nación

XIII. La necesidad de una agenda federal, regional y municipal para el país

Capítulo V

LAS COMPETENCIAS EN LA FEDERACIÓN ARGENTINA

I. Cuestiones generales

1. ¿Cómo se denomina formalmente la Federación (Estado federal, regional, otros...)?

2. ¿Qué tradición tiene la descentralización en su Federación? ¿Se remonta a los orígenes de la misma o se adopta en un momento posterior?

3. La descentralización, ¿fue formalmente abandonada o resultó prácticamente inoperante en alguna etapa histórica?

4. ¿Cuáles son las causas o las razones profundas de la adopción de un sistema políticamente descentralizado?

5. ¿Puede señalar las grandes etapas del sistema y sus características esenciales?

6. ¿En cuántos territorios o comunidades estructurantes se encuentra organizada o divida la Federación? ¿Tienen todos la misma naturaleza (por ejemplo, Estados) o distinta naturaleza y posición (por ejemplo, Estados, capital federal, territorios coloniales, comunidades con algún régimen específico de autonomía...)?

7. ¿Presentan elementos o rasgos diferenciales singulares (por razones históricas, lingüísticas, geográficas, políticas, jurídicas, económicas)? La Constitución federal, ¿anuda consecuencias político-jurídicas a dichos elementos diferenciales? En otras palabras, ¿cómo se han resuelto, en términos de uniformidad/variedad o de simetría/asimetría de régimen jurídico, las diferencias entre entes estructurantes?

II. Leyes o normas constitucionales

1. ¿Existe una Constitución federal escrita? ¿Qué procedimiento debe seguirse para su elaboración y aprobación? ¿Y para su modificación y reforma? ¿Qué grado de participación se reconoce a los Estados en la elaboración, aprobación, modificación o reforma constitucional? ¿Cuáles han sido las modificaciones o las etapas constitucionales más importantes?

2. ¿Existen otras leyes o normas constitucionales federales complementarias? En caso afirmativo, ¿cuáles son las más importantes? ¿Se encuentran reconocidas en su sistema las llamadas “convenciones constitucionales”, es decir, pactos o normas de conducta no escritas pero de carácter vinculante? ¿Puede citar las más significativas?

3. ¿Existe una Constitución estatal escrita? ¿Qué procedimiento debe seguirse para su elaboración, aprobación, modificación o reforma? ¿Qué grado de intervención tiene reservado la Federación en dichos procesos? ¿Puede algún órgano federal suspender provisionalmente alguno de sus mandatos? La Constitución estatal, ¿se encuentra sujeta a leyes federales distintas de la Constitución federal? ¿A cuáles?

III. Reconocimiento por la Constitución federal

1. ¿Existe el federalismo o la descentralización política como principio o valor constitucional?

2. ¿Establece el mapa de la organización territorial? En otras palabras, ¿identifica o enumera expresamente los territorios y/o las comunidades que componen la Federación?

3. ¿Consagra la autonomía de los Estados? ¿De qué forma?

4. ¿Reconoce a los Estados o entes estructurantes la capacidad para federarse entre sí? En caso negativo, ¿pueden establecer estructuras comunes o celebrar convenios entre sí sin la participación de la Federación?

5. ¿Define el régimen de la descentralización de forma completa y —más o menos— acabada, o bien remite dicho régimen de forma importante a otras leyes posteriores de la Federación? En caso afirmativo, ¿a cuáles?

6. ¿Permitiría el ejercicio del derecho a la autodeterminación o la secesión de los Estados o de otros territorios?

IV. Aspectos institucionales

1. ¿Participan los Estados, como tales, en la elección, designación o cese del jefe del Estado federal? ¿Existe alguna otra relación entre la figura del jefe del Estado federal y los Estados o entes subcentrales? ¿Cuál?

2. ¿Existe un Senado o segunda Cámara Legislativa de representación territorial? ¿Ejerce esta función de forma efectiva? ¿Por qué? ¿Qué funciones concretas corresponden constitucionalmente a dicha Cámara? ¿Cómo se articula la representación de los Estados en la misma? ¿Tienen todos la misma representación en número de escaños o en términos de voto? Tiene algún Estado una posición especial en esta Cámara (por ejemplo, capacidad de iniciativa o de veto en exclusiva, etc.)? ¿Cómo se agrupan los representantes de los Estados en esta segunda Cámara, por procedencia territorial o por fuerzas políticas?

3. ¿Los Estados tienen reconocida la iniciativa legislativa en las materias de competencia federal? ¿Es necesaria su conformidad para la aprobación de determinadas leyes federales? En otras palabras, ¿tienen derecho a veto? ¿Con qué carácter (obstativo, suspensivo, etc.)?

4. ¿Existe un órgano jurisdiccional neutral (Tribunal Constitucional, Tribunal o Corte Suprema, etc.) que garantice la distribución de competencias entre la Federación y los Estados? ¿Los Estados pueden participar de alguna forma en el nombramiento de sus miembros? ¿Cómo valora la influencia de dicho órgano en el diseño actual del sistema de descentralización política? A grandes rasgos, ¿puede decirse que su jurisprudencia ha favorecido principalmente a la Federación o a los Estados? ¿Existen materias o etapas en las que pueda afirmarse que se ha producido dicho fenómeno? ¿Los órganos jurisdiccionales ordinarios inferiores pueden intervenir asimismo en los conflictos competenciales entre la Federación y los Estados?

5. ¿Cuáles son los mecanismos jurídicos a disposición de la Federación y de los Estados para defender sus competencias? ¿Proceden solo frente a leyes o, también, frente a normas reglamentarias y actos u omisiones administrativas? ¿Puede decirse que las garantías y la situación procesal de la Federación y de los Estados son simétricas? Es decir, ¿puede la Federación impugnar leyes de los Estados ante el órgano jurisdiccional competente y viceversa? ¿Dispone la Federación de un poder suspensivo o de veto en relación con las leyes, reglamentos o actos estatales? ¿Se da la situación inversa? ¿Puede un Estado plantear un conflicto de competencias frente a otro Estado ante el órgano jurisdiccional competente? Dentro de cada Estado, ¿qué órgano —legislativo, ejecutivo, etc.— se encuentra legitimado para ejercer acciones judiciales en defensa de las competencias estatales? ¿Pueden los entes locales y municipales ejercer acciones judiciales en defensa de su autonomía contra normas o actos federales y estatales? ¿Qué otros sujetos están legitimados para impugnar leyes, reglamentos o actos federales y estatales por motivos competenciales?

6. ¿Quién nombra oficialmente a las principales autoridades de los Estados (presidente o jefe del Estado, jefe de Gobierno, presidente del Parlamento o Asamblea Legislativa, presidente del Poder Judicial del Estado, etc.)? ¿Interviene la Federación en algún momento de estos procedimientos de nombramiento? ¿Con qué alcance o efectos?

7. El Poder Judicial, ¿sigue la distribución de competencias? Es decir, ¿existen tribunales federales y estatales competentes para resolver, respectivamente, las cuestiones de competencia federal o de competencia estatal? En relación con los tribunales estatales, ¿compete a los Estados la selección y el nombramiento de los jueces, magistrados y personal auxiliar? ¿Disponen del Poder Legislativo necesario para regular dichos aspectos? ¿Existe un órgano de autogobierno del Poder Judicial? ¿Cuáles son su composición y funciones? ¿Quién asegura la provisión de medios materiales a la Administración de Justicia, la Federación o los Estados? ¿En función de qué criterio? ¿Las resoluciones judiciales de los órganos jurisdiccionales estatales pueden ser revisadas por órganos judiciales que extiendan su jurisdicción a todo el territorio de la Federación? ¿En qué casos?

8. ¿Existen otras vías significativas de participación de los Estados en las instituciones o las funciones de la Federación? ¿Se encuentra reconocida su participación o presencia en los organismos federales que dispongan de relativa autonomía, por ejemplo, en el campo de los derechos de los ciudadanos o de la intervención en la economía (comisiones independientes o agencias con funciones reguladoras, arbitrales, financieras, etc.)?

9. Los Estados ¿pueden someter libremente a referéndum o a consulta popular algunas iniciativas o medidas de carácter político o legislativo? ¿Existen restricciones o se reconoce algún tipo de poder a la Federación en este campo?

10. Desde el punto de vista simbólico (banderas, himno, precedencias protocolarias, idiomas, etc.), ¿existe alguna previsión favorable a los Estados que merezca ser destacada?

V. Líneas generales de la distribución de competencias

1. ¿El sistema de distribución de competencias está fijado principalmente en la Constitución federal? ¿Está garantizado por la misma?

2. ¿Cuál es el diseño básico de este sistema? ¿Una lista de competencias federales, una lista de competencias estatales, una doble lista, otras soluciones?

3. ¿Existe una previsión constitucional sobre los poderes residuales, es decir sobre aquellas materias “nuevas”, no asignadas por las leyes constitucionales? ¿En favor de qué nivel, federal o estatal? ¿Qué efectividad real ha tenido en el sistema? ¿Existen reglas o principios relativos a la presunción de competencia en favor de uno u otro nivel territorial?

4. ¿Existe una regla de prevalencia del derecho federal en el caso de conflicto entre ordenamientos? ¿Qué aplicación ha tenido?

5. ¿Existen otras reglas de carácter general? ¿Cuáles?

6. ¿La Constitución permite la “flexibilización” de la distribución de competencias por vías diferentes a la propia modificación constitucional? Es decir, ¿puede la Federación, por sí sola, transferir o delegar competencias en los Estados? ¿Se prevé el supuesto inverso, de los Estados a la Federación? ¿A través de qué vías? ¿Qué papel han jugado todas estas operaciones en la evolución de la Federación? ¿Cómo se concretan el personal, los bienes y los medios económicos que deben traspasarse con ocasión de la transferencia o delegación de una competencia?

7. En relación con las funciones públicas, ¿hay materias confiadas íntegramente a uno de los dos niveles, federal o estatal?

8. ¿Se reconoce la técnica de las competencias concurrentes, que tanto la Federación como el Estado puedan legislar, aunque la legislación federal desplace a la estatal en caso de conflicto?

9. ¿Hay ámbitos en los cuales la Federación tenga reservada exclusivamente la legislación, mientras que la ejecución de la misma corresponda a los Estados? En caso afirmativo, el poder reglamentario, ¿dónde se inscribe, en la competencia para legislar o en la competencia para ejecutar dicha legislación? ¿Puede la legislación federal incidir o configurar la organización y la actuación administrativa de los Estados?

10. ¿Hay ámbitos en los cuales la Federación pueda fijar los principios, las bases o las directrices de la legislación de los Estados? En caso afirmativo, ¿la Federación ha hecho un uso extensivo de dicho poder? ¿Existe algún mecanismo que permita corregir dicha situación?

11. La Federación ¿dispone de administración propia en el territorio de los Estados? ¿Qué peso tiene dicha administración y a qué sectores afecta? La administración del Estado, ¿puede ejercer competencias o funciones federales por delegación o encargo de la Federación? En dicho caso, ¿los órganos del Estado dependen jerárquicamente de la administración federal? ¿Qué mecanismos de control se reserva esta para asegurar que los Estados ejecuten con fidelidad la legislación federal?

12. ¿Qué límites generales establece el sistema a las competencias de los Estados?

13. A su juicio, ¿cuáles son las competencias federales más importantes?

14. A su juicio, ¿cuáles son las competencias estatales más importantes?

15. ¿Alguna de estas competencias federales o estatales ha sido objeto de una interpretación particularmente extensiva?

16. ¿La Constitución prevé la cesión de poderes soberanos a organizaciones internacionales de ámbito mundial o regional? ¿Resuelve este problema en el interior de la Federación, atendiendo a su estructura descentralizada? ¿Confiere a los Estados el derecho a firmar tratados o acuerdos internacionales? ¿Con qué condiciones? ¿Cómo se ha resuelto la cuestión de la responsabilidad internacional de la Federación?

VI. Régimen local y municipal

1. ¿Reconoce la Constitución federal la autonomía local o municipal? ¿Y las Constituciones de los Estados? En caso afirmativo, ¿cómo se define dicha autonomía? ¿Qué contenidos se deducen de dicho reconocimiento constitucional?

2. Los titulares de los órganos de gobierno municipales, ¿son elegidos democráticamente por la población del municipio o ente local correspondiente o se sigue un sistema diferente?

3. Los entes locales, ¿se encuentran sometidos a controles federales o estatales? En caso afirmativo, dichos controles ¿son únicamente de legalidad o se extienden también a aspectos de oportunidad? ¿Disponen los municipios u otros entes locales de la facultad de impugnar leyes o actos, ya sean federales o estatales, que consideren lesivos para su autonomía? ¿Ante qué órganos o tribunales?

4. La definición del régimen local (tipos de entes locales, organización, competencias, régimen de funcionamiento, personal a su servicio, etc.), ¿es una competencia federal o estatal? ¿Qué funciones o ámbitos relativos al régimen local se encuentran reservados a la Federación y a los Estados? ¿Puede la Federación establecer relaciones bilaterales directas con los municipios u otros entes locales? ¿Puede condicionar su actividad mediante el ejercicio de competencias federales sectoriales o desde su poder de gasto?

5. ¿Existen en su sistema constitucional las llamadas “ciudades-Estado”? ¿En virtud de qué norma o disposición? ¿Hasta qué punto su régimen es plenamente equiparable al de los Estados? Más allá de la existencia o no de dichas ciudades, ¿existen municipios que gocen de un régimen especial de autonomía? ¿Cuáles? ¿Cuál es el fundamento del reconocimiento de dicho régimen?

6. ¿Pueden los Estados crear entes locales intermedios entre el municipio y el mismo Estado? En su sistema, ¿existen dichos entes locales intermedios en su sistema? ¿Existen solo en determinados Estados o en todo el territorio de la Federación? ¿Puede el Estado fijar libremente sus límites territoriales? ¿Qué funciones tienen atribuidas? ¿Qué grado de dependencia tienen respecto del Estado? ¿Qué sistema, de designación o elección, se sigue para el nombramiento de los titulares de sus órganos de gobierno? ¿Puede intervenir la Federación en el ámbito organizativo, competencial o financiero de los entes locales intermedios? ¿Por qué cauce o con qué finalidades?

7. ¿Cómo se definen los poderes o las competencias concretas de los municipios? ¿Pueden estos prestar servicios o ejercer funciones federales o estatales? En caso afirmativo, ¿qué mecanismos jurídicos se utilizan para articular dicha colaboración (delegación, encargo, etc.)? ¿En qué ámbitos o sectores suele utilizarse? Los municipios ¿deben prestar obligatoriamente dicha colaboración? ¿Tienen derecho a la obtención de la financiación correspondiente a cargo de la Federación o del Estado que la solicite?

8. Los municipios y entes locales, ¿tienen reconocida la potestad normativa o reglamentaria? ¿Qué otras potestades generales tienen reconocidas? ¿De cuáles carecen?

VII. Relaciones intergubernamentales

1. En su Federación, ¿se afirma la existencia de un principio de colaboración o de lealtad constitucional entre las diversas instancias político-administrativas? En caso afirmativo, ¿cuál es la fuente —Constitución, norma, convención— que permite afirmar su existencia? De dicho principio, ¿qué consecuencias o contenidos se deducen? ¿Hasta qué punto puede hablarse de jerarquía entre administraciones?

2. ¿Prevé la Constitución federal un sistema de relaciones intergubernamentales entre la Federación y los Estados? ¿A través de qué mecanismos? Dichos mecanismos, ¿se encuentran establecidos por otras normas constitucionales o legales? ¿Qué importancia han tenido en este punto las convenciones o prácticas institucionales? ¿Qué importancia tienen las relaciones intergubernamentales, globalmente consideradas, en la dinámica del sistema? ¿Hasta qué punto permiten compensar o flexibilizar la distribución formal de competencias?

3. ¿Existen órganos de relación o colaboración horizontal entre los Estados? ¿Participa la Federación en los mismos? ¿Es necesaria la autorización de la misma para su constitución? ¿Quiénes participan en dichos órganos en nombre de los Estados? ¿Qué importancia o influencia real tienen sobre el sistema?

4. ¿Qué papel juegan los municipios u otros entes locales en el sistema de relaciones intergubernamentales? ¿En qué órganos de encuentro o de colaboración participan?

5. ¿Es frecuente la participación de diversos gobiernos o administraciones en entes comunes, dotados de personalidad jurídica (pública o privada: consorcios, fundaciones, sociedades mercantiles, etc.)? ¿Se da con frecuencia dicha participación conjunta en la realización de obras públicas, la gestión de servicios, o la financiación de actividades? ¿A qué régimen jurídico básico se encuentra sujeta?

VIII. Relaciones financieras

1. ¿De qué grado de autonomía de ingreso disfrutan los Estados? ¿Pueden establecer tributos? Y en caso afirmativo, ¿con qué límites? Es decir, ¿pueden utilizar las mismas figuras tributarias —impuestos, contribuciones especiales, tasas, recargos, etc.— que las utilizadas por la Federación? ¿Pueden utilizar la imposición directa e indirecta? ¿Pueden gravar hechos tributarios ya gravados por la Federación?

2. ¿Pueden los Estados apelar al crédito o emitir deuda pública en el interior del Estado o de la Federación sin la autorización o consentimiento de esta? ¿Y en el extranjero? Si la Federación tiene reconocido el poder para autorizar dichas operaciones, ¿a qué régimen se sujeta dicho poder?

3. ¿Qué peso relativo tienen los ingresos propios de los Estados en relación con las transferencias que reciben de la Federación? ¿Cómo se articulan dichas transferencias?

4. ¿Mediante la participación de los Estados en tributos federales? Y en dicho caso, ¿en cuáles y en qué proporción? ¿Se acompaña dicha participación estatal con el reconocimiento de algún grado de capacidad normativa (por ejemplo, para fijar bonificaciones, exenciones, deducciones, etc.)?

5. ¿Mediante transferencias o subvenciones directas de la Federación a los Estados? ¿Qué parámetros o criterios básicos se utilizan para fijar el importe de dichas transferencias? ¿Participan los Estados en su fijación? ¿A través de qué mecanismos?

6. La Federación ¿puede condicionar el destino de las subvenciones que transfiere a los Estados? ¿En cuáles ámbitos o materias? ¿Hasta qué punto? ¿Fijando un destino genérico o concreto? ¿Condicionando asimismo la gestión o el procedimiento o dejando libertad a los Estados en este punto? Con carácter general, ¿cómo ha incidido el poder de gasto federal en las competencias estatales? ¿Qué porcentaje tiene sobre el conjunto de los ingresos estatales? ¿Cómo funciona dicho sistema en relación con las transferencias federales y/o estatales a los entes locales?

7. ¿Cómo se satisface el principio de solidaridad fiscal entre Estados? Es decir, ¿qué tipo de aportaciones económicas realizan los Estados a la Federación? ¿Mediante qué sistema y sobre la base de qué criterios?

8. La Federación, ¿puede compensar unilateralmente las deudas económicas que los Estados tengan contraídas ante ella (por ejemplo, mediante la minoración de sus transferencias a estos)? ¿En qué ámbitos existe dicho poder? ¿Disponen los Estados de algún tipo de garantía (audiencia previa, acciones judiciales, etc.)?

9. ¿Quién realiza la gestión, liquidación y recaudación de los tributos? ¿Pueden los Estados recaudar en nombre o por encargo de la Federación? ¿Pueden los municipios o entes locales recaudar en nombre o por encargo de la Federación o del Estado donde se encuentran? ¿Hasta qué punto y en qué ámbitos se utiliza dicha técnica? ¿Qué importancia relativa tiene?

10. Aproximadamente, ¿qué porcentaje del gasto público total corresponde a cada nivel de gobierno y administración (federal, estatal, local)? ¿Cómo quedan dichos porcentajes si se excluye el gasto en defensa, enseñanza, sanidad, pensiones por vejez o desempleo, y administración de justicia? ¿Qué número de funcionarios o de personal administrativo corresponde a cada nivel territorial, en general? ¿Y si se excluyen los sectores mencionados?

11. ¿Hasta qué punto se considera satisfactorio el sistema de relaciones financieras establecido? ¿Qué aspectos son considerados más satisfactorios? ¿Y cuáles más insatisfactorios? En la actualidad, ¿se apunta alguna tendencia en dicho ámbito que merezca ser destacada?

12. ¿Puede la Federación fijar topes máximos o niveles concretos de endeudamiento o de déficit presupuestario de los Estados? ¿Fija topes retributivos máximos para el conjunto del personal al servicio de los diversos entes públicos (Federación, Estados, municipios, etc.)?

13. ¿Existen mecanismos de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno? ¿Tienen carácter político-institucional (existencia de una Cámara [Senado] de representación territorial, instituciones de carácter gubernamental: consejos de primeros ministros, etc.)? ¿Hay mecanismos de coordinación técnica (p. ej., deducciones de las cuotas de impuestos subcentrales en impuestos centrales, etc.)?

IX. Lenguas o idiomas

1. ¿Reconoce la Constitución federal más de una lengua oficial en todo el territorio de la Federación? En caso afirmativo, ¿cuáles? A nivel federal, ¿puede hablarse de igualdad o paridad en su uso oficial por las diversas autoridades y en todo el territorio de la Federación? ¿Y en su uso privado? ¿Por qué? ¿Establece la Constitución o la legislación federal derechos u obligaciones lingüísticas de los ciudadanos?

2. Tanto si reconoce una o más lenguas oficiales, ¿la Constitución federal reconoce la existencia de otras lenguas, así como la necesidad o conveniencia de protegerlas? ¿Puede usted señalar, aproximadamente, la importancia cuantitativa de las diversas comunidades lingüísticas?

3. ¿Reconocen las Constituciones de los Estados lenguas oficiales distintas a las reconocidas por la Constitución federal? En caso contrario, ¿podrían hacerlo? ¿Existe paridad entre las lenguas oficiales federales y las lenguas oficiales estatales? ¿Pueden los Estados establecer obligaciones lingüísticas de los ciudadanos y de las empresas distintas de las establecidas por la Federación? ¿Pueden utilizar exclusivamente o principalmente una lengua oficial distinta a la declarada oficial por la Federación?

4. ¿Cuál es, a grandes rasgos, el régimen lingüístico en la enseñanza?

5. La legislación aplicable y la práctica administrativa, ¿hasta qué punto se consideran adecuadas con la realidad plurilingüe de la Federación? ¿Hasta qué punto son fuente de conflicto entre las distintas instancias de gobierno y Administración o entre la población? ¿Representan las lenguas territoriales un signo de identidad importante del Estado en cuestión?

X. Valoración global y comentarios adicionales

1. En la actualidad, ¿cómo se valora, mayoritariamente, el “nivel de salud” de la descentralización política? ¿Cómo lo valora usted?

2. ¿Cuáles son las reivindicaciones históricas principales formuladas por los Estados? ¿Hasta qué punto pueden considerarse satisfechas?

3. ¿Cuáles son los riesgos y las oportunidades principales para la consolidación y el buen desarrollo del sistema de descentralización política?

4. ¿Qué tendencias de evolución se apuntan con mayor fuerza? ¿Qué posibilidades de concreción real se les atribuye?

5. Con carácter general, ¿puede decirse que el sistema evoluciona hacia una mayor centralización, hacia una mayor descentralización, o que se mantiene en un relativo equilibrio?

Capítulo VI

SOBRE PRESIDENCIALISMO Y FEDERALISMO EN LA REPÚBLICA ARGENTINA

I. Introducción

II. El presidencialismo argentino

1. El presidencialismo en el texto originario de 1853

2. La reforma constitucional de 1994 y la atenuación del presidencialismo

3. El hiperpresidencialismo

III. El federalismo argentino

IV. La interacción entre federalismo e instituciones representativas

V. Conclusiones

Capítulo VII

GOBIERNO LEGISLATIVO Y EJECUTIVO EN LOS PAÍSES FEDERALES

I. Introducción

II. La población

III. Historia

IV. Instituciones del gobierno federal

1. El Poder Legislativo de la Nación

2. La Cámara de Diputados de la Nación

3. El Senado de la Nación

4. El Poder Ejecutivo de la Nación

5. Administración

6. El Poder Judicial de la Nación

7. Relaciones intergubernamentales

8. Las provincias y sus instituciones

9. El Poder Legislativo en las provincias

10. El Poder Ejecutivo en las provincias

11. El Poder Judicial de las provincias

12. Gobiernos locales

V. Análisis y conclusiones

1. Marco constitucional

2. La interacción entre federalismo e instituciones representativas

Capítulo VIII

EL FEDERALISMO JUDICIAL Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA REPÚBLICA ARGENTINA

I. El federalismo judicial en la Argentina

1. El Poder Judicial en nuestra Federación

2. El Poder Judicial provincial

3. Modo de selección de los miembros del Poder Judicial provincial

4. Inamovilidad y remoción de magistrados judiciales

5. La función judicial y el control de constitucionalidad

6. Otras competencias y atribuciones judiciales

7. El recurso extraordinario federal

II. Derechos y libertades fundamentales

1. Las fuentes nacionales e internacionales de los derechos

2. Derechos civiles y políticos y garantías del debido proceso en las Constituciones provinciales

3. Los derechos económicos, sociales y culturales en las Constituciones provinciales

III. La protección de los derechos con especial referencia al juicio local de amparo

1. El amparo en el orden federal

2. El amparo en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

IV. Conclusiones

Capítulo IX

CONSTITUCIONALIDAD DE LOS APORTES EXIGIDOS POR EL GOBIERNO FEDERAL A ALGUNAS PROVINCIAS Y AL MUNICIPIO DE LA CAPITAL FEDERAL

I. Introducción

II. La forma de instrumentación de los aportes

III. Opinión del doctor Enrique A. Ferreira

IV. Nuestra opinión

V. Conclusión

Capítulo X

LOS FALLOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN SOBRE LOS RECLAMOS PROVINCIALES DE SAN LUIS, SANTA FE Y CÓRDOBA POR DETRACCIONES A LA MASA COPARTICIPABLE Y LA CONFIRMACIÓN DE UNA JURISPRUDENCIA FEDERALISTA

I. Los reclamos provinciales

II. Los fallos de la Corte

III. El inmediato precedente “Intendente Municipal Capital s/amparo” (2014), sobre coparticipación impositiva municipal

IV. Los fundamentos de los fallos de la Corte

V. La confirmación de una jurisprudencia federal

VI. La oportunidad del fallo y los hechos políticos e institucionales posteriores

VII. Hacia la sanción de la ley-convenio de coparticipación impositiva

Capítulo XI

El FEDERALISMO Y LA EMERGENCIA DEL COVID-19 EN LA ARGENTINA

I. Introducción

II. El retorno a las prácticas del pasado

III. Federalismo y rol de los gobiernos subnacionales

IV. Los derechos fundamentales restringidos o lesionados

V. Propuestas y reflexiones finales

Capítulo XII

VEINTE PROPUESTAS PARA FORTALECER EL FEDERALISMO ARGENTINO

I. Introducción

II. Las veinte propuestas

1. Cumplir los principios del sistema republicano y federal de la Constitución Nacional

2. Terminar con el hiperpresidencialismo

3. Fortalecer el rol federal del Congreso y del Senado de la Nación, en particular

4. Reafirmar el rol de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como garante del federalismo

5. Promover un nuevo ordenamiento territorial del país que modifique la enorme concentración de poder político, económico, demográfico y cultural en el área metropolitana de Buenos Aires

6. Sancionar la ley-convenio de coparticipación impositiva, de conformidad a los principios constitucionales

7. Respetar los principios federales en la sanción anual de los presupuestos

8. Federalizar el Banco Central

9. Afianzar el federalismo de coordinación o concertación mediante un mejor ejercicio de relaciones interjurisdiccionales. Creación de una Asociación o Conferencia Nacional de Gobernadores

10. Realizar una planificación federal para el desarrollo del país, con participación de los distintos niveles estaduales

11. Promover las regiones para el desarrollo económico y social

12. Impulsar el nuevo rol de regiones, provincias y municipios en los procesos de integración nacional y supranacional

13. Fortalecer las autonomías provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los municipios

14. Modificar o derogar la legislación centralista vigente y las políticas respectivas

15. Federalizar la educación

16. Ejercer un federalismo de concertación para la exploración, explotación y aprovechamiento de los recursos naturales

17. Federalizar los servicios públicos de competencia nacional

18. Afianzar los principios federales en la doctrina y organización de los partidos políticos

19. Descentralizar e integrar el país en otros aspectos

20. Trasladar la Capital Federal

III. Conclusión

Segunda Parte

CONSTITUCIONALISMO PROVINCIAL Y DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Capítulo XIII

DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL

I. Denominación y concepto

1. ¿Derecho público provincial, derecho federal o derecho constitucional provincial?

II. Objeto

III. Método

IV. Autonomía científica y didáctica

V. Fuentes

1. La Constitución Nacional

2. Los tratados internacionales

3. Las leyes del Congreso dictadas en consecuencia de la Constitución

4. Las Constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

5. Los tratados interprovinciales

6. Las leyes de dichas entidades federativas

7. La jurisprudencia

8. La fisonomía y antecedentes de cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

9. La doctrina

10. El derecho comparado

Capítulo XIV

DERECHO CONSTITUCIONAL PROVINCIAL

Introducción general

I. Provincias (entidades subnacionales - provinciales): nombres y territorio

II. Método de formación de las entidades subnacionales

III. Características del federalismo argentino

IV. Diferencias con el federalismo de la Constitución norteamericana

V. Tipos de provincias o entidades subnacionales de dimensión constitucional

VI. Breve historia constitucional de las provincias

VII. Perfil de la estructura política de los gobiernos provinciales

VIII. Fines y funciones de las Constituciones provinciales, especialmente en contraste con la Constitución Nacional

IX. Estructura de las Constituciones provinciales

X. Las relaciones financieras entre el gobierno federal y las provincias

Fuentes del derecho público provincial

Sección 1ª. Formación y diseño constitucional

I. Requisitos en la Constitución Nacional

II. Requisitos en otras normas legales nacionales

III. Constituciones provinciales como modelos de la Constitución Nacional. La Constitución Nacional como modelo de las Constituciones provinciales

IV. Similitudes y diferencias entre Constituciones provinciales. Constituciones provinciales como modelos de otras Constituciones provinciales

V. Procesos de adopción original

VI. Procesos de reforma y enmienda

VII. Descripción de fuentes materiales

VIII. Alcance de temas tratados en las Constituciones provinciales

Sección 2ª. Evolución de las Constituciones provinciales

I. Procesos de evolución de las Constituciones provinciales

II. Aprobación nacional como componente del proceso constitucional provincial

Sección 3ª. Legislación constitucional provincial

Sección 4ª. Jurisprudencia

I. Instituciones gubernamentales autorizadas a interpretar las Constituciones provinciales

II. Otras fuentes importantes pero no autorizadas para la interpretación de las Constituciones provinciales

III. Poder Judicial provincial y revisión judicial de sus Constituciones. Relación entre Poder Judicial Nacional y provincial en la revisión judicial de las Constituciones provinciales

Forma de los gobiernos provinciales

Sección 1ª. Gobiernos provinciales

I. Introducción

II. Partidos políticos

III. Otras características del sistema

Sección 2ª. La Legislatura

I. Características generales

II. Privilegios. Inmunidades. Incompatibilidades

III. Competencias

IV. Elección y requisitos

Sección 3ª. El Ejecutivo

I. Características. Designación

II. Inmunidades

III. Competencia

IV. Elección y requisitos

V. La Administración y la burocracia

Sección 4ª. El Poder Judicial

I. Organización judicial

II. Modo de selección de los miembros del Poder Judicial

III. Inamovilidad y remoción de magistrados

IV. Revisión judicial

V. Otras competencias y atribuciones judiciales

Sección 5ª. Órganos de control

Ciudadanía y administración de justicia

Sección 1ª. Normas referidas a ciudadanía provincial

Sección 2ª. Derechos y libertades fundamentales

I. Fuentes locales e internacionales. Reglas generales

II. Derechos civiles y políticos. Garantías del debido proceso

III. Derechos económicos, sociales y culturales

IV. Relación entre derechos constitucionales provinciales y derechos contenidos en la Constitución Nacional

Sección 3ª. Protección constitucional de minorías

Sección 4ª. Control judicial de la actividad administrativa

Sección 5ª. Posición legal de los extranjeros

Gobierno local y Constituciones provinciales

Sección 1ª. Status constitucional del gobierno local en la Constitución Nacional

Sección 2ª. Status constitucional del gobierno local en las Constituciones provinciales

I. Tipos de gobiernos locales

II. Autonomía municipal o local. Home rule

Sección 3ª. Evolución del status constitucional del gobierno local bajo las Constituciones provinciales

Capítulo XV

LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EN LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994

I. Buenos Aires y el país. Síntesis histórica

II. El régimen municipal de Buenos Aires antes de la reforma constitucional de 1994

1. Leyes orgánicas

2. Proyectos legislativos de reforma

III. La reforma constitucional de 1994 y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los antecedentes de las normas constitucionales

IV. El nuevo régimen constitucional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1. La sanción del art. 129

2. La naturaleza de ciudad-Estado de Buenos Aires

a) Nuestra opinión

3. Diferencia con las provincias y municipios

4. Régimen de gobierno autónomo

5. El Estatuto Organizativo

6. La ley 24.588 de Garantías

7. La restricción de la autonomía producida por las leyes 24.588 y 24.620 y la necesidad de modificación de la primera de ellas

8. La ley 24.620

9. El jefe de Gobierno

10. Facultades propias de legislación

11. Facultades propias de jurisdicción

12. Administración

13. La representación de la ciudad en el Congreso de la Nación

14. La coparticipación impositiva

15. La integración regional

16. Los convenios internacionales

17. Dominio originario de los recursos naturales

18. Organismos de seguridad social y otras facultades concurrentes

19. Intervención federal

20. Hacia la autonomía plena de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cumplimiento de la Constitución Nacional

Capítulo XVI

LA AUTONOMÍA MUNICIPAL EN LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994

I. La consagración constitucional de la autonomía municipal en el art. 123

II. Nuestra interpretación del art. 123

III. Las potestades provinciales y municipales en los establecimientos de utilidad nacional

1. Necesidad o no del consentimiento provincial

2. Tesis extensiva o exclusivista de la Nación

3. Tesis restrictiva o de las competencias concurrentes o federalista

4. La interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

5. La ley 18.310

6. El debate del nuevo inc. 30 del art. 75, CN

Capítulo XVII

EL PODER CONSTITUYENTE DE LAS PROVINCIAS

I. Concepto

II. Clasificación

III. Límites

IV. El titular del poder constituyente

V. El poder constituyente y los poderes constituidos

VI. El poder constituyente provincial en ejercicio

1. Antes de 1853

2. Después de 1853

VII. Sistemas de reforma constitucional en las provincias

VIII. Reformas por Convenciones Constituyentes

IX. El sistema de enmiendas

X. La inconstitucionalidad de una reforma constitucional

Capítulo XVIII

LOS DERECHOS Y DEBERES EN NUESTRO CONSTITUCIONALISMO SUBNACIONAL

I. Los derechos

1. Las fuentes nacionales e internacionales de los derechos humanos

2. El sistema jurídico federal y regional americano de protección de los derechos humanos

3. La armonía de los derechos de las Constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la Constitución Nacional

4. Consideración sintética de las generaciones de derechos reconocidos

5. Lo específico del constitucionalismo subnacional en las siguientes materias

a) Libertad civil

b) Igualdad

c) Derechos y libertades en relación inmediata con las personas

c.1. De creencias y culto

c.2. De expresión oral y escrita

c.3. De reunión

c.4. De petición y asociación

c.5. De enseñar y aprender

c.6. Derechos respecto del trabajo

c.7. Derecho de propiedad, sus caracteres y expropiación

c.8. Libertad de residencia y circulación

c.9. Derechos de los extranjeros

II. Los deberes

III. La real vigencia de los derechos y deberes

Capítulo XIX

REGIONES, PROVINCIAS Y MUNICIPIOS EN EL PROCESO DE INTEGRACIÓN

I. Introducción

II. La globalización, la regionalización y la descentralización

1. El concepto de globalización

2. La regionalización, la descentralización y sus interrelaciones con la globalización

III. La integración regional supranacional y nacional

IV. Los órdenes de gobierno y la región en la Federación argentina

1. Los cuatro órdenes de gobierno de la Federación argentina

2. La región

V. La región en el proceso de integración

1. La integración regional nacional

2. La integración regional supranacional

VI. La provincia en el proceso de integración

1. La integración regional nacional

2. La integración regional supranacional

VII. El municipio en el proceso de integración

1. La integración regional nacional

2. La integración regional supranacional

Capítulo XX

TRASCENDENTE FALLO SOBRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y OTRAS CUESTIONES FEDERALES

I. La acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

II. El fallo de la Corte Suprema

1. Análisis del voto de mayoría especialmente dirigido a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y a otras cuestiones federales

a) Sobre la competencia originaria de la Corte en esta causa

b) Sobre el federalismo de concertación en la reforma constitucional de 1994

c) Sobre los cuatro órdenes de gobierno, además de las regiones, en nuestra Federación

d) Sobre la autonomía plena de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la reforma constitucional de 1994

e) Sobre las facultades concurrentes y el deslinde de competencias

f) Sobre la supremacía constitucional del art. 31

g) Sobre el Área Metropolitana y la región del art. 124 de la Constitución Nacional

h) Sobre los controles tanto horizontal como vertical del poder

2. Análisis del voto del presidente Rosenkrantz dirigido a la emergencia y a su subordinación al orden constitucional

3. Análisis del voto del ministro Lorenzetti dirigido a los derechos fundamentales y en particular al de educación, durante la emergencia

4. Acerca de los decretos de necesidad y urgencia y su control de constitucionalidad

III. La reacción del oficialismo ante el fallo y el envío de un Proyecto de Ley de Emergencia Sanitaria al Congreso

IV. Conclusiones

Capítulo XXI

LA CONSTITUCIÓN DE CÓRDOBA Y LA REFORMA POLÍTICA

I. Fortalezas del sistema constitucional cordobés

1. La Primera Parte de la Constitución

2. El régimen municipal cordobés

a) Las bases constitucionales

b) Los grandes principios del régimen municipal cordobés

II. Debilidades constitucionales en lo político-electoral

1. Poder Legislativo

2. Poder Judicial

3. Los problemas del control y del funcionamiento de los órganos respectivos

4. El incumplimiento de las normas constitucionales

5. Los problemas vinculados con el inadecuado funcionamiento del federalismo

III. Debilidades constitucionales en el régimen municipal y comunal

1. Las violaciones a la autonomía municipal

a) La ley 9206 Orgánica de Regionalización de la Provincia

b) La falta de reconocimiento de nuevas comunas

c) La ley 8980 de Utilización de Dispositivos Reguladores y Controladores del Tránsito

2. Sistema político y electoral

a) Uniformidad del sistema electoral para intendentes y concejales

b) La posibilidad de las reelecciones indefinidas de las autoridades locales

c) Inexistencia de límites para la fijación de las fechas de las elecciones locales

d) La simultaneidad de las elecciones locales con las provinciales y federales

IV. La necesidad de una reforma constitucional

1. Reflexiones sobre la reforma constitucional de 2001

2. Los temas de la reforma constitucional

3. La reforma constitucional debe concretarse a la brevedad posible

Capítulo XXII

NOVEDOSA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES SOBRE LOS LÍMITES CONSTITUCIONALES DE LAS ATRIBUCIONES DEL INTERVENTOR FEDERAL

I. Los casos “Ríos Brisco v. Provincia de Corrientes” y “Pérez Chávez v. Provincia de Corrientes”

II. Los votos de mayoría y minoría en ambos casos

1. Los votos del juez Carlos Rubín

2. Los votos del presidente del Tribunal Eduardo Antonio Farizano

III. Nuestra opinión

1. La novedad e importancia del tema

2. La competencia judicial federal para juzgar estos casos

3. Los límites constitucionales y legales de las atribuciones del interventor federal

a) Reglamentación por ley del Congreso del art. 6º de la Constitución Nacional

b) Mayor control de los interventores federales por parte del Congreso

c) Necesidad de criterios más rigurosos en el control judicial de constitucionalidad de esta emergencia

Capítulo XXIII

EL INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA POR LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y LA POSIBILIDAD DE LA INTERVENCIÓN FEDERAL

I. El caso “Sosa, Eduardo Emilio v. Provincia de Santa Cruz” y el reiterado incumplimiento de sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la demandada

II. La posibilidad de la intervención federal por el Congreso y sus fundamentos constitucionales

III. Los proyectos de intervención federal a Santa Cruz

IV. Nuestra propuesta de intervención federal y de reglamentación del art. 6º de la Constitución Nacional

1. Nuestra propuesta de intervención federal a la provincia de Santa Cruz

2. Nuestra propuesta de reglamentación de la intervención federal

Capítulo XXIV

LA CLÁUSULA FEDERAL DEL PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA Y NUESTRO ORDEN CONSTITUCIONAL

I. La reforma constitucional de 1994, los tratados internacionales y las fuentes del constitucionalismo provincial

II. Las fuentes nacionales e internacionales de los derechos humanos

III. La cláusula federal del Pacto de San José de Costa Rica

IV. La aplicación del Pacto de San José de Costa Rica en nuestro país

1. Caso “Bayarri v. Argentina”

2. Caso “Kimel v. Argentina”

3. Caso “Cantos v. Argentina”

4. Caso “Bulacio v. Argentina”

5. Caso “Garrido y Baigorria v. Argentina”

6. Caso “Bueno Alves v. Argentina”

Capítulo XXV

LA AUTONOMÍA PLENA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y EL TRASPASO DE LA EX JUSTICIA NACIONAL

I. La autonomía plena de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Constitución Nacional

II. El Estatuto Organizativo o Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

III. La ley 24.588 de Garantías

IV. La restricción de la autonomía producida por las leyes 24.588 y 24.620 y la necesidad de modificación de la primera de ellas

V. Los convenios de transferencia de las competencias de la ex Justicia Nacional u Ordinaria de la Capital Federal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

VI. Información sobre los fueros, el personal y el presupuesto de la ex Justicia Nacional

VII. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en torno a esta cuestión

VIII. Colofón

APÉNDICE DOCUMENTAL

Apéndice I

PROYECTO DE REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL CONFORME A LOS CRITERIOS FIJADOS POR LA LEY 24.309

Proyecto de reforma

Fundamentos

I. Introducción

II. Lineamientos metodológicos

III. Las ideas fuerza

IV. Conclusión

Apéndice II

DISCURSOS DEL CONVENCIONAL CONSTITUYENTE ANTONIO M. HERNÁNDEZ EN LA CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE DE SANTA FE - PARANÁ, 1994, EN RELACIÓN CON EL FEDERALISMO

Protección del medio ambiente: competencias

Status constitucional de la Ciudad de Buenos Aires. Autonomía

Federalismo - coparticipación. Establecimientos de utilidad nacional. Cláusula federal

Apéndice III

PROYECTO DE RÉGIMEN PARA LA INTERVENCIÓN FEDERAL A LAS PROVINCIAS

Proyecto de ley

Fundamentos

DEJAR SIN EFECTO EL DECRETO 1447/1992 SOBRE LA INTERVENCIÓN FEDERAL A LA PROVINCIA DE CORRIENTES

Proyecto de ley

Fundamentos

Apéndice IV

Sección 1ª. ESTUDIO SOBRE LOS ASPECTOS JURÍDICO-CONSTITUCIONALES DE LA REGIONALIZACIÓN

I. Introducción

II. Las regiones para el desarrollo económico y social en la Constitución Nacional

III. Análisis del Anteproyecto de Ley de Regionalización del País de los Dres. Carlos Saúl Menem y Roberto Dromi

1. El análisis del Proyecto

2. Nuestra opinión

IV. La inserción regional de la provincia de Córdoba

1. Las autonomías provinciales y municipales

2. La posibilidad de la integración con Santa Fe

3. El tratado interprovincial de creación de la región

4. Los órganos regionales

5. La región y el Mercosur

6. Plan de desarrollo provincial

Sección 2ª. ANTEPROYECTO DE TRATADO DE INTEGRACIÓN REGIONAL ENTRE LAS PROVINCIAS DE CÓRDOBA, ENTRE RÍOS Y SANTA FE

Fundamentos

Tratado de Integración Regional entre las Provincias de Córdoba y de Santa Fe

Tratado de Incorporación de la Provincia de Entre Ríos a la Región Centro

El gran desafío de la integración regional

I. El Tratado Interprovincial de Integración Regional entre Córdoba y Santa Fe

II. La significación histórica, institucional, política, económica y estratégica del Tratado

1. Histórica

2. Institucional

3. Política

4. Económica

5. Estratégica

El desafío de la integración

La Región y el área metropolitana de Córdoba

I. La Región Centro y el Corredor Bioceánico Central

II. Las grandes obras de infraestructura

III. El anillo de integración de la Región Central

IV. Otros aspectos de la integración regional: la compatibilización legislativa y las obligaciones de la integración supranacional

V. El área metropolitana de Córdoba

Sección 3ª. A DIEZ AÑOS DE LA CREACIÓN DE LA REGIÓN CENTRO

La situación actual de la Región Centro

La necesidad de cumplir el proyecto federal de la Constitución Nacional

Bibliografía

Prólogo

Complacidos, prologamos esta exhaustiva obra de Antonio María Hernández (h.), porque nos convoca un mismo ímpetu federalista en la reivindicación de las autonomías locales.

El autor une a su dilatada trayectoria política y a su condición de diputado y de convencional en la Constituyente de 1994, una no menos destacada como profesor universitario. Por cierto, todas sus reflexiones volcadas en este nuevo libro son producto de la experiencia y de la vocación académica.

No nos cabe duda de que la reforma constitucional de 1994 ha dado un nuevo perfil al federalismo argentino. Se trata de no congelarlo en la letra muerta del Texto Supremo, sino de encararlo en todos los resquicios de nuestra realidad político-jurídica. A tal propósito se dirigen las densas páginas que nos ofrece Hernández para incitar al cumplimiento fiel de la Constitución.

No es secreto que el federalismo argentino —de arraigada prosapia durante todo nuestro proceso constitucional anterior a 1853/1860— ha sufrido deterioros y menoscabos, o, cuando menos, presentó la fisonomía de un federalismo dual de oposición y antagonismos entre el gobierno federal y las provincias. El federalismo de concertación, pregonado con maestría por Pedro J. Frías desde hace muchos años, no logró revertir totalmente las tendencias centralistas, ahora abandonadas en las nuevas normas de la Constitución reformada.

Quizá pueda compartirse que dos de los rasgos importantes a los cuales comenzamos a prestar atención sean las autonomías de los municipios provinciales y la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. A ambas les dedica Hernández los respectivos capítulos.

Para quienes les es necesario detectar en las normas escritas de la Constitución las definiciones explícitas, no será fácil, ni inducirá a convicción, la idea de que, a pesar del énfasis que la reforma ha puesto en esas dos autonomías, no son tales, porque no hay más autonomías que las propias de las entidades históricamente preexistentes a nuestra organización constitucional federativa. Personalmente, en común con Hernández, siempre habíamos interpretado que, ontológicamente, los municipios son autónomos, y, normativamente, ya lo eran antes de 1994 por la alusión del viejo y subsistente art. 5º al “régimen municipal”.

En cuanto a la Ciudad de Buenos Aires, su capitalidad no desvanece el perfil autonómico que, superando al de los municipios, le ha asignado la Constitución, muy lejos —por cierto— de una simple autarquía, por muy acentuada que se la pretenda imaginar.

La Ciudad de Buenos Aires, como sujeto ahora de la relación federal, es un nuevo nivel político en nuestra estructura federal. Y prueba de ello la aportan todas las normas que Hernández escudriña e interpreta con maestría para desbaratar las intencionalidades reduccionistas, tanto en algunos sectores de la doctrina, como en los manipuleos coyunturales de nuestras políticas oportunistas.

Hacía falta un libro que agrupara este nuevo diseño del federalismo argentino. Al autor le debemos agradecer su primicia, que ojalá fecunde las ideas y las prácticas políticas. Desde nuestro interior provinciano, que tanto nos ha dado siempre, Antonio María Hernández nos enriquece con sus lúcidas y bien documentadas páginas, que son un hito en la bibliografía constitucional sobre el tema federal.

(...)

Germán J. Bidart Campos

Febrero de 1997

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